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Nuevos planteamientos jurisprudenciales sobre la práctica de las notificaciones administrativas

Mónica Álvarez Fernández

Revista de Administración Pública, n.º 194/2014, pág. 155 a 177

I. Introducción. II. El intento de notificación debidamente acreditado. 1. La doctrinal legal fijada inicialmente para delimitar lo que debe entenderse por "intento de notificación debidamente acreditado". 2. La nueva doctrina legal que recoge la STS de 3 de diciembre de 2013. III. El lugar a efecto de notificaciones en los procedimientos...

I. Introducción. II. El intento de notificación debidamente acreditado. 1. La doctrinal legal fijada inicialmente para delimitar lo que debe entenderse por "intento de notificación debidamente acreditado". 2. La nueva doctrina legal que recoge la STS de 3 de diciembre de 2013. III. El lugar a efecto de notificaciones en los procedimientos iniciados de oficio. El criterio de la STS de 3 de julio de 2013. IV. La unificación y sistematización de la práctica de la notificación edictal.

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OBJECION, INSUMISION Y SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO

POMED SANCHEZ, LUIS ALBERTO

Revista de Administración Pública, n.º 134/1994, pág. 155

1. Introducción. 2. La objeción de conciencia en laìlegislación y en la jurisprudencia constitucional. 3. La leyì48/1984, de 26 de diciembre: crónica de una desobedienciaìanunciada. 4. Algunas reflexiones acerca del servicioìmilitar obligatorio y de la objeción de conciencia. 5.ìRecapitulación.


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OBSERVACIONES SOBRE LA TUTELA CAUTELAR EN LA NUEVA LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DE 1998. ¿TIENEN EFECTIVA POTESTAD DE ACORDAR TUTELA CAUTELAR LAS SALAS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA Y DE LA AUDIENCIA NACIONAL

GARCIA DE ENTERRIA, EDUARDO

Revista de Administración Pública, n.º 151/2000, pág. 251

1. La enfática afirmación de la exposición demotivos sobre la mejora sustancial de la regulaciónanterior. 2. El criterio de que "la base" para acordarcualquier medida cautelar ha de partir de una "valoraciónmotivada de todos los intereses en conflicto" resultaincompatible con la calificación del derecho a la tutelacautelar...

1. La enfática afirmación de la exposición demotivos sobre la mejora sustancial de la regulaciónanterior. 2. El criterio de que "la base" para acordarcualquier medida cautelar ha de partir de una "valoraciónmotivada de todos los intereses en conflicto" resultaincompatible con la calificación del derecho a la tutelacautelar como incluido en el derecho fundamental delartículo 24 de la Constitución. Al juez no toca "ponderarintereses", sino aplicar el Derecho. La correccióninterpretativa del precepto conforme a la Constitución. 3.El criterio legal del otorgamiento de las medidas cautelarescuando sin ellas pudiera perderse la finalidad legítima delproceso y su procedencia de la Ley Orgánica del TribunalConstitucional. 4. La admisión de medidas cautelaresindeterminadas y los riesgos de la fórmula legal. 5. Lafalta de medidas cautelares o provisionales autónomas y noincidentales de un proceso principal. 6. La imperfección delrégimen procesal de las medidas cautelares en la LJ.

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OCUPACION TEMPORAL

ESCRIBANO COLLADO, PEDRO

Revista de Administración Pública, n.º 106/1985, pág. 57

INTRODUCCION.- EL SIGNIFICADO DE LA O.T. EN EL AMBITO DE LA INSTITUCION EXPROPIATORIA: 1.- LOS ORIGENES LEGISLATIVOS DE LA O.T., SU SIGNIFICADO ORDINARIO. 2.- BREVE ANALISIS DE LA DOCTRINA EN EL DERECHO COMPARADO. 3.- LA DELIMITACION DE LA O.T. COMO INSTITUCION EXPROPIATORIA EN EL DERECHO ESPAÑOL.- SUPUESTOS LEGALES DE LA O. T.: 1.- A O.T....

INTRODUCCION.- EL SIGNIFICADO DE LA O.T. EN EL AMBITO DE LA INSTITUCION EXPROPIATORIA: 1.- LOS ORIGENES LEGISLATIVOS DE LA O.T., SU SIGNIFICADO ORDINARIO. 2.- BREVE ANALISIS DE LA DOCTRINA EN EL DERECHO COMPARADO. 3.- LA DELIMITACION DE LA O.T. COMO INSTITUCION EXPROPIATORIA EN EL DERECHO ESPAÑOL.- SUPUESTOS LEGALES DE LA O. T.: 1.- A O.T. PARA LA REALIZACION DE ESTUDIOS.-

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OCUPACION TEMPORAL

ESCRIBANO COLLADO, PEDRO

Revista de Administración Pública, n.º 106/1985, pág. 57

INTRODUCCION.- I.- EL SIGNIFICADO DE LA O.T. EN EL AMBITO DE LA INSTITUCION EXPROPIATORIA: 1) LOS ORIGENES LEGISLATIVOS DE LA O.T.: SU SIGNIFICADO ORDINARIO. 2)BREVE ANALISIS DE LA DOCTRINA EN EL DERECHO COMPARADO. 3)LA DELIMITACION DE LA O.T. COMO INSTITUCION EXPROPIATORIA EN EL DERECHO ESPAÑOL. II.- SUPUESTOS LEGALES DE LA O.T.-


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Ofertas agresivas a precio cero o precio simbólico en los contratos públicos ¿son admisibles?

Valcárcel Fernández, Patricia

Revista de Administración Pública, n.º 217/2022, pág. 91 a 134

I. Contexto: la competencia, un principio poliédrico. II. Los contratos públicos como negocios jurídicos onerosos. III. El precio en los contratos públicos. IV. ¿Es posible determinar un límite cuantitativo legal por debajo del cual una oferta económica deja de ser admisible en los contratos públicos? V. La compra pública estratégica:...

I. Contexto: la competencia, un principio poliédrico. II. Los contratos públicos como negocios jurídicos onerosos. III. El precio en los contratos públicos. IV. ¿Es posible determinar un límite cuantitativo legal por debajo del cual una oferta económica deja de ser admisible en los contratos públicos? V. La compra pública estratégica: del precio más bajo a la menor relación calidad-precio. VI. Reflexiones finales.

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ONCE TESIS Y UNA PREMÁTICA PARA RESTABLECER LA DIGNIDAD DE LA LEY

FUERTES, MERCEDES

Revista de Administración Pública, n.º 177/2008, pág. 119 a 155

I. Que la Ley sea la norma suprema no significa que deba ser opulenta, por el contrario, de manera modesta debe dirigirse a establecer una regulación coherente de una materia. II. Que la Ley se defina por su naturaleza formal, su aprobación parlamentaria, no puede significar que se beneficien del carácter legal previsiones que se introducen...

I. Que la Ley sea la norma suprema no significa que deba ser opulenta, por el contrario, de manera modesta debe dirigirse a establecer una regulación coherente de una materia. II. Que la Ley se defina por su naturaleza formal, su aprobación parlamentaria, no puede significar que se beneficien del carácter legal previsiones que se introducen en el último momento del procedimiento parlamentario. III. Que la Ley sea suprema no significa que su lenguaje sea superior ni elevado. La Ley debe expresarse de manera clara, precisa y concisa. IV. Que las Leyes se dirijan a la consecución del bien común excluye que deban incluir disposiciones vacuas o cándidas. V. La Ley ha de responder a una necesidad concreta, no a realidades inexistentes. VI. La progresiva complicación de las relaciones sociales no debe trasladarse a la Ley e implicar una innecesaria complejidad. VII. Las Leyes han de dirigirse a ordenar y facilitar las relaciones sociales, no a crear o a incrementar de manera gratuita la conflictividad. VIII. Las Leyes deben creer en sí mismas y no retractarse a continuación, y menos aún, que los Gobiernos perturben su adecuada interpretación. IX. Las Leyes deben procurar la estabilidad y buscar su permanencia. Por tanto, no pueden ser objeto de incesantes modificaciones. X. Las Leyes son expresión del poder legislativo, en consecuencia, no deben contener actos administrativos. XI. El legislador constitucional debe mantenerse dentro de los contornos de su función, sin interferir ni desautorizar los pronunciamientos judiciales. XII. Premática.

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Oportunidad legal y necesidad democrática de crear una Autoridad Administrativa Independiente de Lucha contra la Corrupción y Protección del Denunciante

Bueno Sánchez, José Miguel

Revista de Administración Pública, n.º 217/2022, pág. 209 a 240

I. El "compliance" y la Administración pública. La transposición de la Directiva (UE) 2019/1937. II. Los canales de denuncia. III. La autoridad administrativa independiente de lucha contra la corrupción y protección del denunciante. IV. Conclusiones.


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ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE: ASPECTOS JURIDICOS

BASSOLS COMA, M

Revista de Administración Pública, n.º 95/1981, pág. 41

I.- TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE. II.- INSTRUMENTOSìDE PLANIFICACION TERRITORIAL A NIVEL NACIONAL. 1.- PLANìNACIONAL DE ORDENACION. 2.- EL PLAN NACIONAL DE CARRETERAS.ì3.- PLANIFICACION NACIONAL DE LOS APROVECHAMIENTOS DE ...


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ORDENACION DEL TERRITORIO, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE EN EL ANTEPROYECTO DE PLAN HIDROLOGICO NACIONAL

SANCHEZ MORON, MIGUEL

Revista de Administración Pública, n.º 131/1993, pág. 35

1. Introducción: Relaciones de la planificaciónìhidrológica con la ordenación del territorio y la protecciónìdel medio ambiente. 2. El contenido del Anteproyecto delìPlan Hidrológico Nacional. 3. Incidencia del PlanìHidrológico Nacional sobre la ordenación del territorio y laìplanificación urbanística. 4. El Plan Hidrológico...

1. Introducción: Relaciones de la planificaciónìhidrológica con la ordenación del territorio y la protecciónìdel medio ambiente. 2. El contenido del Anteproyecto delìPlan Hidrológico Nacional. 3. Incidencia del PlanìHidrológico Nacional sobre la ordenación del territorio y laìplanificación urbanística. 4. El Plan Hidrológico Nacional yìla protección del medio ambiente.

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Organización y gestión de los servicios de salud. El impacto del derecho europeo

Font i LLovet, Tomás

Revista de Administración Pública, n.º 199/2016, pág. 253 a 288

...

I. Marco general y evolución. 1. La perspectiva europea. 2. La perspectiva española. II. La libre prestación de servicios sanitarios. III. La libertad de establecimiento. IV. La organización del servicio sanitario. La colaboración público-privada. 1. Los consorcios sanitarios. 2. Convenios y contratos en la gestión sanitaria. V. Conclusión.

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ORGANOS CONSULTIVOS

FONT I LLOVET, TOMAS

Revista de Administración Pública, n.º 108/1985, pág. 53

I. PRELIMINAR.- II. CONCEPTO DE ORGANO CONSULTIVO.- III. CLASES DE ORGANOS CONSULTIVOS.- IV. LA ACTIVIDAD CONSULTIVA.- V. EL CONSEJO DE ESTADO.- VI. BIBLIOGRAFIA.


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ORIENTACION ANTIFORMALISTA DE LA JURISPRUDENCIA EN EL AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA PREVIA

FERNANDEZ PASTRANA, J.Mª

Revista de Administración Pública, n.º 121/1990, pág. 259

Introducción. 1. Interposición anticipada delìrecurso contencioso-administrativo en los supuestos deìsilencio administrativo. 2. Otros supuestos deìinterpretación favorable al acceso jurisdiccional.


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ORIGEN DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS: UNA CONMEMORACION

JIMENEZ NIETO, JUAN I.

Revista de Administración Pública, n.º 97/1982, pág. 113

1.- PRESUPUESTO COMO SISTEMA. 2.- ADMINISTRACION YìFINES PUBLICOS. 3.- PRESUPUESTO POR PROGRAMAS YìORGANIZACION. 4.- PRESUPUESTO POR PROGRAMAS Y AMBITOSìECONOMICOS.


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OTRO EMBATE CONTRA EL CARÁCTER REVISOR: EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ANTE EL INCUMPLIMIENTO POR EL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE FIJAR EL JUSTIPRECIO EN PLAZO (STC 136/1995, DE 25 DE SEPTIEMBRE)

RODRÍGUEZ DE SANTIAGO, J.M.ª

Revista de Administración Pública, n.º 139/1996, pág. 221 a 236

1. INTRODUCCIÓN. 2. LOS HECHOS. 3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. 4. JURISPRUDENCIA ANTERIOR DEL TRIBUNAL SUPREMO. 5. JURISPRUDENCIA ANTERIOR DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 6. EL CARÁCTER REVISOR EN EL PROYECTO DE LEY DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA.


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PARA LA REFORMA DEL EMPLEO PUBLICO: NUEVE PROPOSICIONES

MONTORO CHINER, MARIA JESUS

Revista de Administración Pública, n.º 136/1995, pág. 179

1. El artículo 103.3 de la Constitución formula la garantía institucional de la función pública. 2. Las normas que regulen el Estatuto funcionarial de evitar su confusión con el laboral. 3. El correcto funcionamiento del Estado de Derecho no se explica sin un funcionariado profesional que asegure sus fines, con independencia de los vaivenes...

1. El artículo 103.3 de la Constitución formula la garantía institucional de la función pública. 2. Las normas que regulen el Estatuto funcionarial de evitar su confusión con el laboral. 3. El correcto funcionamiento del Estado de Derecho no se explica sin un funcionariado profesional que asegure sus fines, con independencia de los vaivenes de la democracia. 4. La racionalidad del modelo que se impulse depende, básicamente. de la elección de las funciones ...

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Partidos políticos y conexiones terroristas

Lorenzo Martín- Retortillo Baquer

Revista de Administración Pública, n.º 191/2013, pág. 43 a 79

I. Importancia y significado de los partidos políticos. II. Una serie de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el entorno de ETA. III. Una apuesta por la alternativa antidemocrática. IV. La disolución del partido "Acción Nacionalista Vasca". V. La reforma del régimen jurídico de los partidos políticos....

I. Importancia y significado de los partidos políticos. II. Una serie de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el entorno de ETA. III. Una apuesta por la alternativa antidemocrática. IV. La disolución del partido "Acción Nacionalista Vasca". V. La reforma del régimen jurídico de los partidos políticos. VI. La sentencia del Tribunal Supremo y su soporte probatorio. VII. El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. VIII. "Democracia militante" frente a opciones abiertas dentro de la legalidad. IX. El respeto a la Constitución de autoridades y funcionarios. X. Amplitud de opciones para los partidos políticos. XI. Pruebas suficientes para cambiar de criterio. XII. Planteamiento del recurso ante el Tribunal Europeo: tajante respuesta en aplicación de la doctrina jurisprudencial consagrada. XIII. Conclusión.

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PATRIMONIO EMPRESARIAL Y ORGANIZACIÓN DE LAS PARTICIPACIONES SOCIETARIAS PÚBLICAS: APUNTES PARA UNA POSIBLE EXÉGESIS DEL TÍTULO VII DE LA LEY 33/2003, DEL PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

OLIVERA MASSÓ, P.

Revista de Administración Pública, n.º 171/2006, pág. 317 a 353

1. PREVIO. 2. CONCEPTO DE PATRIMONIO EMPRESARIAL: 2.1. EL ARTÍCULO 166 LPAP COMO DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS PATRIMONIALES: CRITERIO SUBJETIVO Y OBJETIVO DE APLICACIÓN. 2.2. EL ARTÍCULO 166 LPAP COMO DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS ORGANIZATIVAS. 2.3. ESPECIAL REFERENCIA A LAS SOCIEDADES...

1. PREVIO. 2. CONCEPTO DE PATRIMONIO EMPRESARIAL: 2.1. EL ARTÍCULO 166 LPAP COMO DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS PATRIMONIALES: CRITERIO SUBJETIVO Y OBJETIVO DE APLICACIÓN. 2.2. EL ARTÍCULO 166 LPAP COMO DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS ORGANIZATIVAS. 2.3. ESPECIAL REFERENCIA A LAS SOCIEDADES MERCANTILES. 2.4. RÉGIMEN DE LOS FONDOS PROPIOS DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS. 3. LA REORGANIZACIÓN DE PARTICIPACIONES PÚBLICAS: 3.1. INTRODUCCIÓN. 3.2. ENTIDADES Y SOCIEDADES ENTRE LAS QUE SE PUEDE PRODUCIR EL CAMBIO DE PARTICIPACIONES. 3.3. REFERENCIA A LA APLICACIÓN DE ESTE PRECEPTO A LAS SOCIEDADES DEL ARTÍCULO 166.2. 3.4. EFECTOS JURÍDICO-PRIVADOS DEL ARTÍCULO 168: INAPLICACIÓN DE LOS DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE. 3.5. SOBRE LA APLICACIÓN DE ESTE RÉGIMEN A ENTIDADES LOCALES Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 4. PACTOS DE SINDICACIÓN Y DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE: 4.1. FORMALIZACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PACTOS DE SINDICACIÓN. 4.2. DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE SOBRE VALORES. 5. ENAJENACIÓN DE VALORES: 5.1. REGLAS GENERALES DE VENTA: ENTIDADES INSTRUMENTALES Y LIBERTAD DE PACTOS. 5.2. VENTA DE VALORES COTIZADOS EN MERCADOS SECUNDARIOS. 5.3. VENTA DE VALORES NO COTIZADOS.

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PECULIARIDADES JURIDICAS DE LA NORMA CONSTITUCIONAL.

NIETO, A.

Revista de Administración Pública, n.º 100/1983, pág. 371

1. EL DRAMA DEL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL. 2.ì¿NORMAS PROGRAMATIVAS O NORMAS INCOMPLETAS?. 3. ELìDESTINATARIO Y LA COACCION. 4. HETEROGENEIDAD. 5.ìPECULIARIDADES INTERPRETATIVAS. 6. EL TRANSFONDO POLITICO.


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PERFILES Y PROBLEMATICA DE LA SEGURIDAD PRIVADA EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO ESPAÑOL

AGIRREAZKUENAGA, I.

Revista de Administración Pública, n.º 118/1989, pág. 103

I. INTRODUCCION. II. PERFILES NORMATIVOS DE LA SEGURIDAD PRIVADA. III. ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PROBLEMATICA PLANTEADA POR LA SEGURIDAD PRIVADA. IV. REFLEXIONES CONCLUSIVAS.


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PERFILES Y PROBLEMATICA DE LA SEGURIDAD PRIVADA EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO ESPAÑOL.

AGIRREAZKUENAGA, I.

Revista de Administración Pública, n.º 118/1989, pág. 103

INTRODUCCION.-I. PERFILES NORMATIVOS DE LA SEGURIDADìPRIVADA: A) MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ENTIDADES YìESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y PRIVADOS. B)REGIMEN JURIDICO DEìLOS DETECTIVES PRIVADOS. C)LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD. D)LOSìVIGILANTES JURADOS DE SEGURIDAD.-II. ASPECTOS FUNDAMENTALESìDE LA PROBLEMATICA PLANTEADA POR LA SEGURIDAD PRIVADA:...

INTRODUCCION.-I. PERFILES NORMATIVOS DE LA SEGURIDADìPRIVADA: A) MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ENTIDADES YìESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y PRIVADOS. B)REGIMEN JURIDICO DEìLOS DETECTIVES PRIVADOS. C)LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD. D)LOSìVIGILANTES JURADOS DE SEGURIDAD.-II. ASPECTOS FUNDAMENTALESìDE LA PROBLEMATICA PLANTEADA POR LA SEGURIDAD PRIVADA: A)ìNECESIDAD DE UNA LEY DE LA SEGURIDAD PRIVADA. B) FORMACION..ì

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Perspectivas y cauces procedimentales de la remunicipalización de servicios

Esteve Pardo, José

Revista de Administración Pública, n.º 202/2017, pág. 305 a 336

I. El movimiento remunicipalizador. Sus planteamientos y sus diversos entornos. II. Las inexcusables exigencias procedimentales en las iniciativas remunicipalizadoras. III. Posiciones que puede ostentar el municipio sobre sus servicios: competencia y titularidad. IV. La competencia municipal sobre el servicio. V. La titularidad sobre el servicio...

I. El movimiento remunicipalizador. Sus planteamientos y sus diversos entornos. II. Las inexcusables exigencias procedimentales en las iniciativas remunicipalizadoras. III. Posiciones que puede ostentar el municipio sobre sus servicios: competencia y titularidad. IV. La competencia municipal sobre el servicio. V. La titularidad sobre el servicio y el modo de acceso a ella. VI. El procedimiento para la iniciativa de actividades económicas en concurrencia. VII. La opción por el modo de gestión del servicio. De la discrecionalidad a los conceptos jurídicos indeterminados. VIII. A modo de conclusión.

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PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA: ESTADO ACTUAL DE UN MODELO A FORTALECER

FANLO LORAS, A.

Revista de Administración Pública, n.º 169/2006, pág. 265 a 299

INTRODUCCIÓN. I. EL MODELO ESPAÑOL DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA: 1. PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA: A) OBJETO. B) ÁMBITO TERRITORIAL. C) CONTENIDO. D) ELABORACIÓN, COORDINACIÓN Y APROBACIÓN. E) CARACTERÍSTICAS DEL MODELO ESPAÑOL DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA. 2. EL PLAN HIDROLÓGICO NACIONAL. II. EL MODELO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA...

INTRODUCCIÓN. I. EL MODELO ESPAÑOL DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA: 1. PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA: A) OBJETO. B) ÁMBITO TERRITORIAL. C) CONTENIDO. D) ELABORACIÓN, COORDINACIÓN Y APROBACIÓN. E) CARACTERÍSTICAS DEL MODELO ESPAÑOL DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA. 2. EL PLAN HIDROLÓGICO NACIONAL. II. EL MODELO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA DE LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA. SU CONFUSA TRANSPOSICIÓN AL DERECHO ESPAÑOL: 1. LOS PLANES DE GESTIÓN Y LOS PROGRAMAS DE MEDIDAS DE LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA. 2. EL PRECEDENTE CATALÁN DE LOS PLANES DE GESTIÓN Y LOS PROGRAMAS DE MEDIDAS. 3. LA CONFUSA TRANSPOSICIÓN AL DERECHO ESPAÑOL DE LA DMA NO DEBE DESNATURALIZAR NUESTRO MODELO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA, SINO FORTALECERLO.

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PLANIFICACION HIDROLOGICA Y ORDENACION DEL TERRITORIO

SANCHEZ MORON, M.

Revista de Administración Pública, n.º 123/1990, pág. 83

1. Introducción 2. Ordenación del territorio yìplanificación hidrológica: problemas de articulación. 3. LaìLey de Aguas y la ordenación del territorio.


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PLANIFICACION HIDROLOGICA Y ORDENACION DEL TERRITORIO

SANCHEZ MORON, M.

Revista de Administración Pública, n.º 123/1990, pág. 83

1. Introducción. 2. Ordenación del territorio yìplanificación hidrológica: problemas de articulación. 3. LaìLey de Aguas y la ordenación del territorio.


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