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ORDENACION Y GESTION DE RESIDUOS TOXICOS Y PELIGROSOS (I)

MARTINEZ NIETO, ANTONIO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 28/1992, pág. 321

1. Política ambiental en materia de residuosìindustriales. a) Necesidad y posibilidad. b) El fracaso deìla política ambiental española. 2. Distribución deìcompetencias. 3. Concepto de residuo tóxico y peligrosoì(RTP). 4. Sistema de identificación. 5. Régimen Jurídico deìla producción y gestión de RTP.


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ORDENACION Y GESTION DE RESIDUOS TOXICOS Y PELIGROSOS (Y II)

MARTINEZ NIETO, ANTONIO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 29/1992, pág. 333

6. Estatuto Jurídico de productores y gestores. a)ìObligaciones de los productores. b) Régimen especial de losìpequeños productores. c) Obligaciones de los gestores deìRTP. 7. Responsabilidades, infracciones y sanciones. 8. Laìgestión de PCBs. 9. La gestión de aceites usados. 10.ìConclusiones.




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ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DEL SUELO, SUBSUELO Y VUELO DE LA VÍA PÚBLICA. COMENTARIO A LA STSJ MADRID DE 18 DE FEBRERO DE 2010

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2011, pág. 292 a 299

I. LA SENTENCIA. Ordenanzas fiscales. Anulación del artículo 6 de la Ordenanza del Ayuntamiento de Móstoles, que regula la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales en el suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.




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ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EN MATERIA DE RUIDOS Y VIBRACIONES. COMENTARIO A LA STSJ EXTREMADURA DE 24 DE MARZO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 20/2011, pág. 2511 a 2515

1. LA SENTENCIA. Ordenanzas Municipales. Ruido. Medio Ambiente. Nulidad parcial de una Ordenanza sobre protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones. Parte de los preceptos suponen una modificación de la ordenanza vigente sin seguir el procedimiento establecido en la misma y en la reglamentación autonómica de Ruidos...

1. LA SENTENCIA. Ordenanzas Municipales. Ruido. Medio Ambiente. Nulidad parcial de una Ordenanza sobre protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones. Parte de los preceptos suponen una modificación de la ordenanza vigente sin seguir el procedimiento establecido en la misma y en la reglamentación autonómica de Ruidos y Vibraciones. Principio de legalidad. Vulneración. Tal principio, en materia sancionadora no permite que un ente local pueda regular una materia en flagrante contradicción a lo que establece la Ley, de manera que no permitiéndose ni en la LRJAP-PAC ni en los Reglamentos de desarrollo de la potestad sancionadora ni en ningua otra norma, que se impongan al denunciante los gastos derivados de la inspección o tramitación del procedimiento sancionador... II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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ORDENANZAS FISCALES. EFECTOS RETROACTIVOS, ENTRADA EN VIGOR, PUBLICACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 19 DE DICIEMBRE DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 10/2012, pág. 1263 a 1278

I. LA SENTENCIA. Haciendas Locales. Modificación de ordenanzas fiscales. Confirmación de la nulidad de la modificación del IBI llevada a cabo por el Ayuntamiento de León para el año 2008. Ha de entenderse que el devengo del Impuesto y el inicio del periodo impositivo correspondiente a 2008 se produjo y era el 1 de enero del mismo año,...

I. LA SENTENCIA. Haciendas Locales. Modificación de ordenanzas fiscales. Confirmación de la nulidad de la modificación del IBI llevada a cabo por el Ayuntamiento de León para el año 2008. Ha de entenderse que el devengo del Impuesto y el inicio del periodo impositivo correspondiente a 2008 se produjo y era el 1 de enero del mismo año, y que, por tanto el nacimiento de las correspondientes obligaciones tributarias y el momento para la determinación de la normativa aplicable se produjo en dicha fecha, con anterioridad a la publicación de la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto -que se produjo los días 2 y 3 En.-, que era requisito ineludible para la entrada en vigor de la nueva normativa, que incorporaba. Tratándose de la impugnación directa, si bien la declaración de nulidad de la disposición general tiene efectos erga omnes, ello no alcanza a los actos firmes y consentidos dictados a su amparo. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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ORDENANZAS MUNICIPALES

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 2/2012, pág. 216 a 218

I. Aprobación. II. Impugnación. III. Modificación. IV. Infracción.


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ORDENANZAS MUNICIPALES. DEBER DE MOTIVACIÓN Y ATRIBUCIÓN DE POTESTAD SANCIONADORA. COMENTARIO A LA STSJ BALEARES DE 13 DE MAYO DE 2005

SOLDEVILA FRAGOSO, SANTIAGO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2006, pág. 316

I. LA SENTENCIA. COMERCIO INTERIOR. NULIDAD DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE HORARIOS DE CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS, ESPECTÁCULOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.


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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 13/2008, pág. 1569 a 1580

I. Supuesto de hecho. II. Órganos del Sistema Arbitral de Consumo. 1. Juntas Arbitrales de consumo. 2. Comisión de Juntas arbitrales. 3. Consejo general del sistema arbitral de consumo. III. Órganos arbitrales. IV. Arbitrajes especiales en materia de consumo. 1. Arbitraje de consumo electrónico. 2. Arbitraje de consumo colectivo. V. Convenio...

I. Supuesto de hecho. II. Órganos del Sistema Arbitral de Consumo. 1. Juntas Arbitrales de consumo. 2. Comisión de Juntas arbitrales. 3. Consejo general del sistema arbitral de consumo. III. Órganos arbitrales. IV. Arbitrajes especiales en materia de consumo. 1. Arbitraje de consumo electrónico. 2. Arbitraje de consumo colectivo. V. Convenio arbitral. VI. Registro público de empresas adheridas. VII. Pérdida del Derecho de uso e inscripción.

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ORGANIZACIONES SINDICALES QUE DEBEN PARTICIPAR EN LA NEGOCIACIÓN DE ACUERDOS SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE EMPLEADOS PÚBLICOS. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 2 DE JULIO DE 2007

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2008, pág. 745 a 749

I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicos. Adecuación a Derecho de la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 Mar. 2003, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración del Estado. Dicha resolución no excluye de la negociación...

I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicos. Adecuación a Derecho de la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 Mar. 2003, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración del Estado. Dicha resolución no excluye de la negociación sobre jornada y calendario laboral a las organizaciones que no suscribieron el Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración Pública para el período 2003/2004, sino que incluye una positiva determinación de que participen en la negociación, en todo caso, los firmantes de aquel acuerdo. Las exclusiones denunciadas son achacables a actos posteriores de la Administración, pero no a la resolución impugnada. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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ÓRGANOS CONSULTIVOS, LABORES DE ASESORAMIENTO JURÍDICO Y CONTROL JURISDICCIONAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

CEA AYALA, ÁNGEL

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 18/2010, pág. 2176 a 2189

I. PLANTEAMIENTO PREVIO. II. LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 1. En cuanto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares. 2. Clasificación. 3. Otras competencias. 4. Legitimación para pedir informes. III. EL CONSEJO DE ESTADO. 1. Los pliegos de cláusulas administrativas. 2. El artículo 195.3 de la Ley de...

I. PLANTEAMIENTO PREVIO. II. LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 1. En cuanto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares. 2. Clasificación. 3. Otras competencias. 4. Legitimación para pedir informes. III. EL CONSEJO DE ESTADO. 1. Los pliegos de cláusulas administrativas. 2. El artículo 195.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. IV. LOS SERVICIOS JURÍDICOS. 1. Sobre los Pliegos de cláusulas administrativas. 2. Otros supuestos en los que resulta necesario el informe de los servicios jurídicos. 3. Algunas respuestas sobre aspectos concretos. 4. Hay que diferenciar las funciones de asesoramiento con la pertenencia del letrado en una mesa de contratación para un procedimiento de contratación concreto. 5. Además existen otros preceptos como la Disposición Adicional Vigésima de la Ley de Contratos del Sector Público referida a la sustitución de letrados en las Mesas de contratación de las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social. V. CONTROL POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA. JURISDICCIÓN COMPETENTE.

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OTORGAMIENTO DE AMPARO A AGRUPACIÓN DE ELECTORES A LA QUE SE DENEGÓ LA PROCLAMACIÓN DE CANDIDATURAS PORQUE SU ÚNICO INTEGRANTE ESTUVO VINCULADO A EH

DE MENDIZÁBAL, TERESA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 11/2004, pág. 1357 a 1362

1. COMENTARIO A LA STC 176/2003 DE 10 DE OCTUBRE 2. LA SENTENCIA 3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS


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OTRA VEZ SOBRE LA CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES POR INACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION, DE AQUELLAS LLUVIAS ESTOS BARROS

BELLO PAREDES, SANTIAGO A.

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 30/2002, pág. 871

I. Introducción. II. La sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 1999, quizás el origen de las lluvias. III. Algunos supuestos de contradictoria Jurisprudencia en materia caducidad, los barros dejados por aquellas lluvias. IV. La situación legislativa, tanto en la anterior redacción de la Ley 30/1992, como en la actualmente en...

I. Introducción. II. La sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 1999, quizás el origen de las lluvias. III. Algunos supuestos de contradictoria Jurisprudencia en materia caducidad, los barros dejados por aquellas lluvias. IV. La situación legislativa, tanto en la anterior redacción de la Ley 30/1992, como en la actualmente en vigor. V. Entonces, ¿cuál es la situación jurídica ante una inactividad administrativa en este tipo de procedimientos?.

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Pactos en los contratos públicos. Comentario a la STS (Sala 3.ª) de 20 de febrero de 2014

Jesús María Chamorro González

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 9/2014, pág. 979 a 980

La sentencia. Tributos locales. ICIO. Sustituto del contribuyente. Exención provisional del pago acordada mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento...


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PAGO DEL PRECIO DE LAS CERTIFICACIONES DE OBRAS REALIZADAS EN UN CONTRATO DE OBRAS. COMENTARIO A LA STSJ ILLES BALEARS DE 23 DE MARZO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2012, pág. 311 a 317

I. LA SENTENCIA. Contrato administrativo de Obras. Pago del precio de las certificaciones de obras realizadas. Procedencia. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.


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PANORAMA ACTUAL DEL PODER JUDICIAL EN EL PARAGUAY

PACIELLO, OSCAR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/1998, pág. 1

1. La Constitución de 1992. 2. El Poder Judicial. 3. Organos extrapoderes. 4. La legislación. 5. Consideraciones finales.


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Panorama de los procedimientos administrativo y contencioso-administrativo especiales de protección de la unidad de mercado a los dos años de la promulgación de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado

González- Deleito Domínguez, Nicolás

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2015, pág. 39 a 54

I. Introducción: dos años de vigencia de los mecanismos administrativo y jurisdiccional de protección de la unidad de mercado. II. El ámbito de los procedimientos administrativo y judicial de protección de los derechos e intereses de los operadores económicos y de la unidad de mercado. III. Procedimiento en defensa de los derechos e...

I. Introducción: dos años de vigencia de los mecanismos administrativo y jurisdiccional de protección de la unidad de mercado. II. El ámbito de los procedimientos administrativo y judicial de protección de los derechos e intereses de los operadores económicos y de la unidad de mercado. III. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes (art. 26 LUM). IV. Vías alternativas de impugnación de las vulneraciones de la unidad de mercado y de resoluciones recaídas en el procedimiento del art. 26 LUM. V. El recurso contencioso-administrativo especial de garantía de la unidad de mercado.

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Paradojas del impuesto de plusvalía

Pleite Guadamillas, Francisco

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 10/2023, pág. 1 a 4


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PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA. COMPETENCIAS AUTONÓMICAS Y LOCALES. COMENTARIO A LA STSJ GALICIA DE 13 DE ENERO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 15/2011, pág. 1909 a 1912

I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Paralización de la actividad minera, decretándose únicamente la reapertura de la zona de trabajo que cuenta con licencia de actividad. No discutida la clasificación como suelo rústico de aquél en el que se desarrollaba la actividad litigiosa, lo único que podía hacer la Administración era acordar la paralización...

I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Paralización de la actividad minera, decretándose únicamente la reapertura de la zona de trabajo que cuenta con licencia de actividad. No discutida la clasificación como suelo rústico de aquél en el que se desarrollaba la actividad litigiosa, lo único que podía hacer la Administración era acordar la paralización de la actividad que se desarrollaba sin licencia ni autorización autonómica. No existe concesión de la autorización por silencio administrativo positivo, pues no pueden entenderse adquiridas por silencio administrativo licencias en contra de la ordenación territorial o urbanística. Aparte de que la normativa autonómica establece que el sentido del silencio era negativo en los procedimientos de autorización previa a la licencia municipal para construcciones e instalaciones en el suelo rústico. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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PARALIZACIÓN DE LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES CUANDO SE PRODUCE RECUSACIÓN DEL INSTRUCTOR O SECRETARIO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2006, pág. 1524

¿ESTAMOS ANTE UN PROCEDIMIENTO VICIADO DE NULIDAD O BIEN LA ÚLTIMA DECLARACIÓN Y LAS SUCESIVAS AUDIENCIAS CONCEDIDAS AL FUNCIONARIO SANAN LA FALTA DE ESA PRIMERA DECLARACIÓN.



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