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ORGANIZACIONES SINDICALES QUE DEBEN PARTICIPAR EN LA NEGOCIACIÓN DE ACUERDOS SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE EMPLEADOS PÚBLICOS. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 2 DE JULIO DE 2007

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2008, pág. 745 a 749

I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicos. Adecuación a Derecho de la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 Mar. 2003, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración del Estado. Dicha resolución no excluye de la negociación sobre jornada y calendario laboral a las organizaciones que no suscribieron el Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración Pública para el período 2003/2004, sino que incluye una positiva determinación de que participen en la negociación, en todo caso, los firmantes de aquel acuerdo. Las exclusiones denunciadas son achacables a actos posteriores de la Administración, pero no a la resolución impugnada. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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