Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional (CEMCI)

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22 ABR - 19 MAY

Desarrollo de aspectos relevantes de la LISTA y su reglamento

Cursos monográficos de estudios superiores

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40 horas
Del 22 de abril al 19 de mayo de 2025
Inscripción hasta el 7 de abril de 2025

Introducción


La entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) y su Reglamento General de desarrollo aprobado por Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico urbanístico autonómico nuevas instituciones no reguladas hasta la fecha, y modificado sustancialmente el régimen de otras sí contempladas en la legislación anterior.

Respecto de las nuevas instituciones, destaca la participación en la actividad urbanística de los Colegios Profesionales y las Entidades Urbanísticas Certificadoras, específicamente en la actividad de la edificación, habiendo sido objeto la LISTA desde su reciente entrada en vigor en diciembre de 2021, de dos modificaciones, una en 2022 y otra en 2024. Con la regulación vigente, no se ha generalizado aun en los municipios andaluces el recurso a estas instituciones, siendo muy puntuales las ordenanzas aprobadas para su previsión.

La otra institución urbanística de nueva configuración en el marco normativo de la LISTA y su Reglamento, son las actuaciones de transformación urbanística (ATU) en suelo urbano y rústico, así como las actuaciones urbanísticas (AU). Quizás sea ésta la novedad de mayor envergadura de la LISTA y de más difícil comprensión, habiendo sido igualmente su regulación objeto de modificación en 2024 e incluso del dictado por la Administración autonómica de una Instrucción aclaratoria.

Entre las instituciones que ya estaban reguladas en la legislación anterior y que han sido mantenidas pero reformadas, destaca la de la figura del agente urbanizador. Es evidente que la aplicación de esta institución en nuestra comunidad ha sido muy reducida desde la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en 2003, teniendo en cuenta que la misma figura, pero con distinta regulación, sí ha tenido aplicación en otras comunidades autonómicas, como Castilla la Mancha, Extremadura o Valencia.

Algunos ajustes normativos en la regulación andaluza se asemejan a lo previsto en las legislaciones urbanísticas de esas otras comunidades autonómicas, lo que vaticina un posible incremento de actuaciones por el agente urbanizador en nuestra comunidad.

El régimen urbanístico de las declaraciones responsables también ha sido heredado de la legislación anterior; sin embargo, su regulación en la LISTA y en el Reglamento incorpora novedades importantes, siendo que también su regulación ha sido modificada en 2024; destaca la complejidad de la aplicación del régimen disciplinario a las actuaciones realizadas con declaración responsable.

Finalmente, la institución del asimilado al régimen de fuera de ordenación también se ha modificado respecto al régimen anterior, siendo un supuesto de generalizada aplicación. Es de destacar la regulación de los planes especiales de adecuación ambiental y territorial con el objeto de identificar y delimitar concretas agrupaciones de edificaciones irregulares y los ajustes que sobre su regulación el Reglamento General de la LISTA ha introducido sobre la regulación de ésta.

Merece puntualizar también la regulación de la ejecución asistemática del planeamiento, frente a la tradicional sistemática, así como el régimen de gestión pública o privada y directa o indirecta en cada una de dichas modalidades de ejecución.

Destinatarios


Cargos electos, personal directivo, personal funcionario con habilitación de carácter estatal y personal empleado público de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitida las personas solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas.

Objetivos


1.Analizar el régimen de la colaboración público-privada en la actividad urbanística.

2.Exponer las actuaciones de transformación urbanística y las actuaciones urbanísticas.

3.Estudiar la reserva de vivienda protegida.

4.Abordar la garantía de la equidistribución con las áreas de reparto.

5.Conocer el régimen de las actuaciones asistemáticas.

6.Analizar el régimen de la disciplina urbanística respecto de las actuaciones ejecutadas mediante declaración responsable.

7.Acercamiento al régimen del asimilado a fuera de ordenación (AFO).

Contenidos


Unidad didáctica I: Colaboración público privada en materia de urbanismo.

1.Modos de colaboración publico privada en la actividad urbanística.

2.Los colegios profesionales y las entidades urbanísticas certificadoras.

2.1.Naturaleza jurídica.

2.2.Ámbito de actuación.

2.3.Obligaciones de las entidades urbanísticas certificadoras.

2.4.Registro de las entidades urbanísticas certificadoras.

2.5.Informe o certificado de los colegios profesionales y de las entidades urbanísticas certificadoras.

2.6.Experiencia comparada autonómica.

3.Los convenios urbanísticos.

3.1.Tipología.

3.2.Naturaleza jurídica.

3.3.Tramitación.

3.4.Consecuencias de su incumplimiento.

4.El agente urbanizador.

4.1.Supuestos en los que interviene.

4.2.Selección.

4.3.Prerrogativas de actuación.

Unidad didáctica II: Actuaciones de transformación urbanística (ATU).

1.Clases y requisitos.

1.1.ATU de mejora urbana en suelo urbano.

1.2.ATU de reforma interior en suelo urbano.

1.3.ATU de nueva urbanización en suelo rústico.

1.4.Actuaciones urbanísticas.

1.5.Delimitación y desarrollo de las ATU.

2.Relación de las ATU y las áreas de reparto.

3.Reserva de vivienda protegida en las ATU.

3.1.Porcentaje de reserva.

3.2.Cesión de aprovechamiento municipal.

3.3.Exención.

Unidad didáctica III:Disciplina urbanística en actuaciones mediante declaración responsable.

1.La declaración responsable. Concepto y naturaleza jurídica.

2.Actos sujetos a declaración responsable.

3.Actos sujetos a comunicación previa.

4.Actuaciones municipales ante declaraciones responsables y comunicaciones previas.

4.1.Pronunciamiento municipal.

4.2.Inspección y control.

4.3.Tasas e ICIO.

5.Principios generales de la disciplina urbanística

5.1.Restablecimiento de la legalidad y procedimiento sancionador.

5.2.Plazos de caducidad y prescripción.

5.3.Reglas generales de los procedimientos.

6.Vicios de las declaraciones responsables.

6.1.Inexactitudes, falsedades u omisiones no esenciales.

6.2.Inexactitudes, falsedades u omisiones esenciales.

6.3.Contrarias a la ordenación urbanística.

7.Declaración de ineficacia.

7.1.Pronunciamiento.

7.2.Consecuencias respecto al restablecimiento de la legalidad e imposición de sanción.

7.3.Ejecución subsidiaria.

7.4.Multas coercitivas.

7.5.Indicio de delito.

Unidad didáctica IV: Asimilado a fuera de ordenación.

1.Concepto y diferencias con figuras afines.

1.1.Situación legal de fuera de ordenación.

1.2.Supuestos de no aplicación del plazo de caducidad.

2.Requisitos para el reconocimiento.

2.1.Documentación técnica.

2.2.Condiciones mínimas de seguridad y salubridad.

2.3.Procedimiento.

2.4.Efectos.

3.Agrupaciones de edificaciones irregulares.

3.1.Plan Especial de adecuación ambiental y territorial.

3.2.Contenido y determinaciones del Plan Especial .

3.3.Iniciativa y tramitación.

3.4.Efectos.

4.Incorporación de edificaciones irregulares a la ordenación urbanística.

Profesorado


Hilario Manuel Hernández JiménezJefe del Servicio Jurídico de Urbanismo.Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. Profesor de Derecho Administrativo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. Sevilla.

Precio y bonificaciones


  • Precio: 275,00 €
  • Tercera actividad y siguientes: 210,00 €Tendrán derecho a esta bonificación los alumnos y alumnas que se hayan matriculado y hayan abonado la matrícula de al menos dos actividades formativas correspondientes a la misma convocatoria que la actividad en la que se va a inscribir.
  • Tercera actividad y siguientes (convenio): 210,00 €Estarán bonificadas las inscripciones de los alumnos y alumnas que pertenezcan a una entidad pública con la que el CEMCI haya firmado un convenio al respecto, siempre y cuando sus derechos de matrícula sean abonados por esa entidad pública y haya al menos dos inscripciones previas, de estos o de otros alumnos/as de esa misma entidad pública, en actividades de este Centro pertenecientes al mismo año natural, cuyos derechos de matrícula también hubieran sido abonados por esa entidad pública.
  • Diputación de Granada: 140,00 €Tendrán derecho a esta bonificación los empleados públicos y directivos de la Diputación de Granada, quienes deberán acreditar que reúnen dicha condición mediante la presentación de un certificado en el que se haga constar el cargo y grupo de pertenencia. En su defecto, podrán remitir una fotocopia de la cabecera de la nómina más reciente.

Para obtener más información acerca las bonificaciones, consulta las bases de la convocatoria de esta actividad formativa.

Convocatoria oficial


Esta actividad formativa forma parte del Plan de formación 2025 y del programa formativo Cursos monográficos de estudios superiores, y ha sido convocada por Resolución del Vicepresidente del CEMCI de fecha 7 de febrero de 2025, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 32, de 18 de febrero de 2025.

Bases de la convocatoria

Homologación y puntuación


Esta actividad formativa ha sido homologada por el Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP), mediante Resolución de fecha 7 de febrero de 2025 (referencia CEMCI2025002EH-08.01).

La valoración de la presente acción formativa, en caso de que así procediera, a efectos del baremo de méritos autonómicos de aplicación en concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, correspondería al tribunal de valoración de la correspondiente convocatoria, de conformidad con el Decreto 350/2010, de 27 de julio (BOJA número 179, de 13 de septiembre de 2010), en el marco de la misma.