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Modificación de la Ley de Transparencia en la Propuesta de Ley de Lucha Integral contra la Corrupción y Protección de los Denunciantes

Campos Acuña, Concepción

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 2/2018, pág. 119 a 126

I. La propuesta de Ley de lucha integral contra la corrupción protección de los denunciantes. II. La propuesta de modificación de la Ley de Transparencia. III. La necesaria reforma de la Ley de Transparencia.


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MODIFICACIÓN DE LA LEY REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL

DE JULIAN CAÑADA, ELPIDIO; GARCÍA GARCÍA, MARÍA JESÚS

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 18/1999, pág. 2796 a 2809

1. Introducción. 2. Ámbito competencial. 3.Organización Local. 4. Aprobación de ordenanzas fiscales. 5. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales. 6. Régimen de impugnación de acuerdos. 7. Relaciones interadministrativas. 8. Conclusiones.


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Modificación de precios públicos: comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 2015

Moreno Serrano, Beatriz

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 1/2016, pág. 76 a 80

I. Introducción. II. Naturaleza jurídica. III. Procedimiento de aprobación. IV. STS de 28 de septiembre de 2015. V. Conclusiones.



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Modificación del Real Decreto por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Davara Rodríguez, Miguel Ángel

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 19/2017, pág. 2362 a 2367

I. Introducción. II. La seguridad. III. El Esquema Nacional de Seguridad. IV. Requisitos mínimos de seguridad establecidos en la norma. V. A modo de conclusión.


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Modificación o suspensión unilateral de los convenios colectivos y acuerdos de funcionarios en el ámbito de la Administración pública

Benedicto Carrión García

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 3/2013, pág. 248 a 253

I. Modificación de los convenios colectivos y de los pactos y acuerdos de funcionarios, antes de la entrada en vigor del RD-L 20/2012. II. Modificación o suspensión unilateral de los convenios colectivos y de los pactos y acuerdos, después de la entrada en vigor del RD-L 20/2012. III. Límite de la modificación o suspensión del convenio...

I. Modificación de los convenios colectivos y de los pactos y acuerdos de funcionarios, antes de la entrada en vigor del RD-L 20/2012. II. Modificación o suspensión unilateral de los convenios colectivos y de los pactos y acuerdos, después de la entrada en vigor del RD-L 20/2012. III. Límite de la modificación o suspensión del convenio colectivo o acuerdo funcionarial.

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MODIFICACIONES DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, INTRODUCIDAS POR LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE

PÉREZ PÉREZ, MARÍA DEL MILAGRO

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/2011, pág. 2394 a 2403

I. Antecedentes. II. Principios y medidas de carácter general. 1. Impulso a la eficiencia de la contratación pública. 2. Impulso a la financiación del contrato de Colaboración Público-Privada. 3. Fomento de los contratos de actividades innovadoras. III. Modificaciones del articulado de la LCSP. Art. 4. Negocios y contratos excluidos....

I. Antecedentes. II. Principios y medidas de carácter general. 1. Impulso a la eficiencia de la contratación pública. 2. Impulso a la financiación del contrato de Colaboración Público-Privada. 3. Fomento de los contratos de actividades innovadoras. III. Modificaciones del articulado de la LCSP. Art. 4. Negocios y contratos excluidos. Art. 11. Contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado. Art. 20.2. Contratos privados. Art. 73.bis. Supuestos de sucesión del contratista. Art. 76.1. Cálculo del valor estimado de los contratos. Art. 91.1. Exigencia y régimen de la garantía provisional. Nuevo Título V del libro I Modificación de los contratos (arts. 92 bis, 92 ter, 92 quáter y 92 quinquies). Art. 118. Evaluación previa de los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Arts. 155 b. y 158 b. Procedimiento negociado (sin necesidad de publicación) en los contratos de obras y en los servicios, respectivamente. Art. 195. Procedimiento de ejercicio de las prerrogativas de la Administración. Art. 202. Potestad de modificación del contrato. Art. 206. Causas de resolución. Art. 207. Aplicación de las causas de resolución. Art. 208. Efectos de la resolución. Art. 210. Subcontratación. Art. 216. Obras a tanto alzado y obras con precio cerrado, en el contrato de obras. Art. 217. Modificación del contrato de obras. Art. 220. Causas de resolución del contrato de obras. Art. 221. Alteración sustancial y suspensión de la iniciación de la obra, en el contrato de obras. Art. 225. Principio de riesgo y ventura en la ejecución de las obras, en el contrato de concesión de obra pública. Artículo 226. Modificación del proyecto, en el contrato de concesión de obra pública. Art. 232. Prerrogativas y derechos de la Administración, en el contrato de concesión de obra pública. Art. 233. Modificación de la obra pública, en el contrato de concesión de obra pública. Art. 241. Mantenimiento del equilibrio económico del contrato, en el contrato de concesión de obra pública. Arts. 243 y 244. Modos de extinción y plazo de las concesiones, en el contrato de concesión de obra pública. Art. 258 Modificación del contrato y mantenimiento de su equilibrio económico, en el contrato de gestión de servicios públicos. Art. 272. Modificación del contrato de suministro. Art. 275. Causas de resolución del contrato de suministro. Art. 282. Modificación de los contratos de servicios de mantenimiento. Art. 284. Causas de resolución del contrato de servicios. Art. 309. Plataforma de Contratación del Estado. Disposición Adicional trigésima quinta. Régimen de adjudicación de contratos públicos en el marco de fórmulas institucionales de colaboración entre el sector público y el sector privado. Disposición Final octava. Normas aplicables a los procedimientos regulados en esta Ley.

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Modificaciones del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público por la Ley de Emprendedores: ¿al fin una simplificación de los procedimientos de contratación?

José Miguel Carbonero Gallardo

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/2013, pág. 1935 a 1943

I. Introducción. II. Acreditación de requisitos para se adjudicatario. III. Modificaciones relativas a la clasificación. IV. Nulidad de las ventajas para empresas que hayan contratado con la Administración. V. Garantías mediante retención en el precio y devolución abreviada para PYME. VI. Uniones de empresarios. VII. Reducción del...

I. Introducción. II. Acreditación de requisitos para se adjudicatario. III. Modificaciones relativas a la clasificación. IV. Nulidad de las ventajas para empresas que hayan contratado con la Administración. V. Garantías mediante retención en el precio y devolución abreviada para PYME. VI. Uniones de empresarios. VII. Reducción del plazo para optar a la resolución. VIII. Pagos a los subcontratistas. IX. Entrada en vigor.

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MODIFICACIONES EN LA TRAMITACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ACTUACIÓN URBANIZADORA, INTRODUCIDAS POR EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA

SANTOS OÑATE, JESÚS

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 21/2005, pág. 3512

I. INTRODUCCIÓN. II. ARTÍCULO 122.1. PÁRRAFO SEGUNDO. 1. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA APROBACIÓN INICIAL DEL PAUR. 2. COYUNTURA PROCEDIMIENTAL PARA LOS MUNICIPIOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 10.000 HABITANTES A PARTIR DEL 9 DE FEBRERO DE 2005. 3. ¿QUÉ SUCEDERÁ SI LA ALTERNATIVA TÉCNICA Y LA PROPOSICIÓN JURÍDICO-ECONÓMICA SELECCIONADAS...

I. INTRODUCCIÓN. II. ARTÍCULO 122.1. PÁRRAFO SEGUNDO. 1. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA APROBACIÓN INICIAL DEL PAUR. 2. COYUNTURA PROCEDIMIENTAL PARA LOS MUNICIPIOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 10.000 HABITANTES A PARTIR DEL 9 DE FEBRERO DE 2005. 3. ¿QUÉ SUCEDERÁ SI LA ALTERNATIVA TÉCNICA Y LA PROPOSICIÓN JURÍDICO-ECONÓMICA SELECCIONADAS INICIALMENTE NO SE ADECUAN A LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA APLICABLE?. 4. CONCLUSIONES. III. ARTÍCULO 121.2.

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MONTES MUNICIPALES:CONCEPTO, COMPETENCIAS, CLASIFICACION Y REGIMEN JURIDICO CORRESPONDIENTE A LA EXPLOTACION DE LOS APROVECHAMIENTOS FORESTALES. ESPECIAL CONSIDERACION DE LA SUBASTA COMO FORMA NORMAL DE ADJUDICADION

MONGAY LANCINA, RICARDO

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 19/1998, pág. 2747

1. Concepto de monte y calificación legal. 2. Legislación aplicable. 3. Distribución constitucional de competencias. 4. Competencias de las Entidades Locales. 5. Consideración de la propiedad forestal como bien patrimonial o de propios. a) Introducción. b) Consideración en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. c) Examen de...

1. Concepto de monte y calificación legal. 2. Legislación aplicable. 3. Distribución constitucional de competencias. 4. Competencias de las Entidades Locales. 5. Consideración de la propiedad forestal como bien patrimonial o de propios. a) Introducción. b) Consideración en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. c) Examen de diversas concepciones teóricas respecto al dominio público. d) Posición del Tribunal Constitucional respecto al dominio público. e) Elementos que pueden considerarse conformadores del dominio público. f) Posicionamiento de la jurisprudencia y de la doctrina, respecto al tema de la clasificación de los Montes Catalogados Municipales. g) Consideración de los Montes Catalogados Municipales como bienes patrimoniales, por su regulación positiva. h) Régimen de la propiedad y clasificación de los montes. 7. Régimen Jurídico correspondiente a la explotación de los aprovechamientos forestales municipales, con especial consideración de la subasta como forma normal de adjudicación. a) Normativa local. b) Normativa sectorial. c) Normativa contractual pública. d) Especial referencia a los aprovechamientos cinegéticos. e) Conclusiones.

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MONTES. CATALOGADOS. BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 5/1999, pág. 730

1. Monte catalogado de titularidad municipal. 2. Naturaleza jurídica. 3. Compatibilidad con aprovechamientos comunales aunque tenga naturaleza patrimonial.













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