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Delgado Piqueras, Francisco; Gómez Melero, José Gerardo; Villanueva Cuevas, Antonio
REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 183/2017, pág. 237 a 254
I. Planeamiento urbanístico. II. Régimen del suelo. III. Ejecución del planeamiento. IV. Disciplina urbanística. 1. Orden de demolición de obras realizadas sin licencia. Acreditación a cargo del promotor de la terminación total de las obras, 4 años antes de que se iniciara el procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanistica. Medios de prueba. 2. No hay plazo de prescripción (caducidad) de la acción para la restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, con la indemnización de daños irreparables y perjuicios causados, en actuaciones clandestinas o ilegales, afectadas por la Ley de Costas. Distinción entre el plazo de prescripción de las infracciones y el de caducidad de la restauración de la legalidad o restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, en materia de Costas. 3. Sustantividad propia y autónoma de las autorizaciones de uso excepcional en suelo rústico.