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SOBRE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO COMO AUTOR DE UNA LEY DECLARADA INCONSTITUCIONAL
GARCÍA DE ENTERRÍA, EDUARDO
Revista de Administración Pública, n.º 166/2005, pág. 99
I. LA IMPLANTACIÓN ACCIDENTAL EN ESPAÑA DE UNA CLÁUSULA GENERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. LOS RIESGOS DE "LA HUÍDA A LA CLÁUSULA GENERAL". EL CASO DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ACTOS LEGISLATIVOS. EN PARTICULAR, LA RESPONSABILIDAD POR DICTAR UNA LEY INCONSTITUCIONAL. II. LA POSICIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO ANTE ESE SUPUESTO: UN CENTENAR DE SENTENCIAS CON OCASIÓN DE LA SENTENCIA CONSTITUCIONAL 173/1996, QUE ANULÓ UN RECARGO TRIBUTARIO. III. LA ARGUMENTACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO. IV. DISCREPANCIA CON LA POSICIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO. V. LA EXISTENCIA DE UNA REGULACIÓN DE LOS EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DE INCONSTITUCIONALIDAD. ARTÍCULO 161.1.A) DE LA CONSTITUCIÓN. ARTÍCULO 40.1 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. LA PRÁCTICA Y LA DOCTRINA DE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL. VI. ANÁLISIS DE LOS ARGUMENTOS BÁSICOS DEL TRIBUNAL SUPREMO. VII. EL DOGMA DE LA NULIDAD DE PLENO DERECHO DE LOS ACTOS APLICATIVOS DE LA LEY INCONSTITUCIONAL. CONTRA ARTÍCULO 62.1 LPC. CONTRA ARTÍCULO 102.4 LPC Y ARTÍCULO 73 LEY DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA RESPECTO A LA PERMANENCIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS FIRMES APLICATIVOS DE UNA DISPOSICIÓN NORMATIVA ANULADA. INADECUADA INVOCACIÓN DEL ARTÍCULO 102.4 LPC. LA NULIDAD DE UN ACTO NO ENERVA LA EFICACIA DE LAS TITULARIDADES CONTRARIAS GANADAS POR PRESCRIPCIÓN (AQUÍ POR EL PLAZO LEGAL DE CUATRO AÑOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS). VIII. EN LA OCASIÓN EL QUEBRANTO DE LA HACIENDA NO HA SIDO EXCESIVO, AUNQUE SÍ IMPORTANTE, PERO LA GENERALIZACIÓN DE LA DOCTRINA PUEDE LLEVAR A LA QUIEBRA DEL ESTADO. IX. INADMISIBILIDAD DE LA IMPUTACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO COMO AUTOR DE LA LEY INCONSTITUCIONAL CUANDO LA RECAUDACIÓN ÍNTEGRA DEL TRIBUTO FUE DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. LA IMPUTACIÓN POR EL "ENRIQUECIMIENTO" CAUSADO O POR LA NULIDAD RETROACTIVA DE LOS ACTOS RECAUDATORIOS. LA RETROACCIÓN DE LA NULIDAD AFECTA A LAS PARTES QUE TRABARON RELACIONES BAJO LA LEY ANULADA, NO A TERCEROS. LA IMPOSIBILIDAD MATERIAL DE QUE EL ESTADO ASUMA EL PAPEL DE GARANTE GENERAL DE TODA LA LEGISLACIÓN, EN TANTO QUE NO SE ALTERAN LAS RELACIONES PATRIMONIALES TRABADAS EN APLICACIÓN DE LA MISMA. X. EL SUPUESTO ÚNICO DE UNA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE UNA LEY INCONSTITUCIONAL: PROCESOS SIN COSA JUZGADA. XI. BREVE EXPOSICIÓN DEL DERECHO COMPARADO: A) EL CASO NORTEAMERICANO. EL DOGMA DE LA RETROACTIVIDAD ABSOLUTA. B) LA DOCTRINA PROSPECTIVA, LINKLETTER, 1973. C) ITALIA, ALEMANIA. XII. CONCLUSIÓN: LA OPORTUNIDAD DE LA REFORMA EXPRESA DEL ARTÍCULO 40.1 LOTC.