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La contratación administrativa irregular en las entidades locales. La utilización indebida de la revisión de oficio como mecanismo de reacción.

Martínez Hellín, Javier

GABILEX. REVISTA DEL GABINETE JURÍDICO DE CASTILLA-LA MANCHA, n.º 35/2023, pág. 170 a 259

1).- Planteamiento general de la cuestión. 2).- Revisión de oficio de los actos previos y nulidad del contrato. La acción restitutoria derivada de la nulidad. Evolución de la cuestión en el ámbito doctrinal y jurisprudencial. 3).- Posición crítica con respecto al recurso al procedimiento para la revisión de oficio de los actos nulos como mecanismo para hacer frente al pago de facturas derivadas de la contratación irregular. 3.1.- Naturaleza de las potestades revisoras: manifestaciones de la autotutela administrativa que tienen como finalidad que prevalezca la justicia sobre la seguridad jurídica. 3.2.- Carácter excepcional y restrictivo de la revisión de oficio. Subsanación de los vicios de nulidad. 3.3.- Preferencia de la invocación del principio del enriquecimiento injusto a través de la actio in rem verso frente a la acción de nulidad y restitución del artículo 42 LCSP. 3.4.- Innecesaridad de provocar una confusión entre la acción restitutoria por nulidad y la actio in rem verso. 4).- Oposición a la necesidad de acudir a la revisión de oficio por ser contraria al principio nemo auditur turpitudinem propiam allegans como concreción del principio de buena fe y confianza legítima así como a la equidad como límite a las facultades revisoras. 5).- Inadecuación de la revisión de oficio para declarar la invalidez de la contratación verbal. Inexistencia del contrato. El carácter formal de la contratación administrativa. 6).- El principio del enriquecimiento sin causa como fuente de directa de las obligaciones de restitución en los supuestos de contratación administrativa irregular, la actio in rem verso y su ejercicio a través del reconocimiento extrajudicial de crédito. 6.1) .- Desarrollo de la doctrina del enriquecimiento sin causa como fuente directa de la obligación de restituir el daño y abonar las prestaciones recibidas. 6.1.1) .- Algunas notas sobre la diferencia entre el principio del enriquecimiento injusto con figuras afines: RAP y negotiorum gestio. 6.1.2) .- ¿Podría afirmarse que el principio del enriquecimiento injusto es una mera fuente de obligaciones subsidiaria frente a otras de carácter preferente en la contracción administrativa irregular? ¿Podemos hablar de un abuso en la invocación del principio del enriquecimiento injusto? 7).- Presupuestos necesarios para el ejercicio de la “actio in rem verso”. 7.1.- Efectos derivados de la actio in rem verso- la restitución in natura de las prestaciones recibidas- obligación de indemnizar por el importe reclamado por el contratista a través de la factura, o bien exclusivamente el valor de la atribución patrimonial desplazada sin causa. 8).- Conclusiones. 9).- Bibliografía.

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