BALLINA DÍAZ, DIEGO
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 17/2012, pág. 1941 a 1943
I. Supuesto de hecho. II. Fundamentos de Derecho. III. Conclusión.
Diego Ballina Díaz
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 17/2013, pág. 1639 a 1642
GARCÍA APARICIO, JOSÉ
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 1/2005, pág. 44
I. ANTECEDENTES. II. LAS BAJAS TEMERARIAS EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO. FORMA DE CÁLCULO. III. LAS BAJAS TEMERARIAS EN EL NUEVO REGLAMENTO DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. FORMA DE CÁLCULO. IV. CONCLUSIÓN.
LA NUEVA REGULACIÓN DE LAS CLASES Y TIPOS DE CONTRATOS LABORALES EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL (1)
D' ANJOU GONZÁLEZ, JUAN
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 7/2001, pág. 1145 a 1157
1. Introducción. 2. Contrato de duración indefinida. 3. Contratos de duración determinada. 4. Contratos de trabajo singulares. 5. Relaciones singulares de carácter especial. 6. Normas de derecho transitorio aplicables a contratos laborales celebrados con anterioridad al RD.- Ley 5/2001, de 2 de marzo. 7. Supuestos de trabajos en colaboración...
1. Introducción. 2. Contrato de duración indefinida. 3. Contratos de duración determinada. 4. Contratos de trabajo singulares. 5. Relaciones singulares de carácter especial. 6. Normas de derecho transitorio aplicables a contratos laborales celebrados con anterioridad al RD.- Ley 5/2001, de 2 de marzo. 7. Supuestos de trabajos en colaboración con otras Administraciones Públicas.
ORTEGA MONTORO, RODRIGO J.
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 4/2010, pág. 556 a 563
I. Introducción. II. Claves de la reforma de 2009 de los delitos urbanísticos en el Código Penal de 1995. 1. De los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo. 2. Las conductas típicas de los números 1.º y 2.º del artículo 319. 3. Las penas. 4. La demolición y el comiso. 5. El artículo 320: la prevaricación urbanística.
LA NUEVA REGULACION DE LOS HORARIOS COMERCIALES
LOPEZ PELLICER, JOSE A.
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 4/1994, pág. 470
1. Una realidad especialmente conflictiva: Laì"batalla" de los horarios comerciales. 2. Regulaciónìprecedente: El Decreto-Ley 2/1985 y la legislaciónìautonómica. 3. El Real Decreto-Ley 22/1993, de 29 deìdiciembre, una regulación de compromiso entre los diversosìintereses concurrentes en la materia. 4. El régimenìsancionador...
1. Una realidad especialmente conflictiva: Laì"batalla" de los horarios comerciales. 2. Regulaciónìprecedente: El Decreto-Ley 2/1985 y la legislaciónìautonómica. 3. El Real Decreto-Ley 22/1993, de 29 deìdiciembre, una regulación de compromiso entre los diversosìintereses concurrentes en la materia. 4. El régimenìsancionador autonómico. 5. ¿Cumple realizar algún papel aìlos municipios en esta materia?.
LA NUEVA REGULACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS (LEY 53/1999, DE 28 DE DICIEMBRE)
KONINCKX FRASQUET, AMPARO
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 6/2000, pág. 1017 a 1029
1. Introducción. 2. Preparación del contrato. 3. Concesión de obras públicas. 4. Procedimientos de adjudicación. 5. Ejecución del contrato. Certificaciones de obra y abono por operaciones preparatorias. 6. Modificación del contrato. 7. Cumplimiento del contrato. Recepción y plazo de garantía. 8. Resolución y efectos. 9. Ejecución...
1. Introducción. 2. Preparación del contrato. 3. Concesión de obras públicas. 4. Procedimientos de adjudicación. 5. Ejecución del contrato. Certificaciones de obra y abono por operaciones preparatorias. 6. Modificación del contrato. 7. Cumplimiento del contrato. Recepción y plazo de garantía. 8. Resolución y efectos. 9. Ejecución de obras por la propia Administración.
López de la Riva Carrasco, Federico Andrés; Albóniga Iturbe, Jesús Matías
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 3/2018, pág. 70 a 78
I. Trámite parlamentario. II. Publicidad del contrato menor. III. Definición de órganos de contratación en la Legislación de Contratación del Sector Público. IV. Evaluación. V. Consideraciones finales.
CATALÁ MARTÍ, JOSÉ VICENTE
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/2008, pág. 3344 a 3352
I. Introducción. II. Destino de los bienes inmuebles del PPS y PMS. 1. La construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. 2. El destino a otros usos de interés social. III. Destino de los ingresos del PPS y del PMS. 1. Situación durante la vigencia del TRLS 92. 2. Regulación en la Comunidad Valenciana del...
I. Introducción. II. Destino de los bienes inmuebles del PPS y PMS. 1. La construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. 2. El destino a otros usos de interés social. III. Destino de los ingresos del PPS y del PMS. 1. Situación durante la vigencia del TRLS 92. 2. Regulación en la Comunidad Valenciana del destino de los ingresos procedentes de la enajenación de los bienes de los PPS. 3. Regulación de los ingresos procedentes de la enajenación de bienes de los PPS en la normativa estatal. IV. Conclusión.
LA NUEVA REGULACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
CATALÁ MARTÍ, JOSÉ VICENTE
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 18/2005, pág. 2952
I. INTRODUCCIÓN. II. SITUACIÓN ANTERIOR. III. LA NUEVA REGULACIÓN DEL PATRIMONO MUNICIPAL DEL SUELO. 1. BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO. 2. INSTRUMENTO DE POLÍTICA URBANÍSTICA DE CARÁCTER FINALISTA. 3. INDEPENDENCIA DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO. 4. DESTINO CONCRETO. 5. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS MUNICIPIOS...
I. INTRODUCCIÓN. II. SITUACIÓN ANTERIOR. III. LA NUEVA REGULACIÓN DEL PATRIMONO MUNICIPAL DEL SUELO. 1. BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO. 2. INSTRUMENTO DE POLÍTICA URBANÍSTICA DE CARÁCTER FINALISTA. 3. INDEPENDENCIA DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO. 4. DESTINO CONCRETO. 5. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS MUNICIPIOS DE MÁS DE 10.000 HABITANTES. 5.1. OBLIGACIÓN DE DESTINAR SUELO A VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PÚBLICA. 5.2. EXENCIÓN DE LA OBLIGACIÓN. 5.3. GESTIÓN DEL SUELO. 5.4. ENAJENACIÓN. 5.5. PRECIO DEL SUELO. 6. PRINCIPIO DE REINVERSIÓN. 7. REGISTRO AUTONÓMICO DE PATRIMONIOS PÚBLICOS MUNICIPALES DEL SUELO. 7.1. ÓRGANO COMPETENTE. 7.2. CARÁCTER DEL REGISTRO. 7.3. BIENES QUE LO INTEGRAN. 7.4. FINALIDAD. 7.5. OBLIGACIÓN DE COMUNICACIÓN. 7.6. CARÁCTER PÚBLICO. 7.7. NATURALEZA DE LOS BIENES. 7.8. ESTRUCTURA DEL REGISTRO. 7.9. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE ENAJENAR. 7.10. NORMAS DE DESARROLLO.
LA NUEVA REGULACIÓN DEL VISADO COLEGIAL
MENÉNDEZ ALONSO, JOSÉ MARÍA
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 3/2011, pág. 274 a 282
I. Introducción. II. La inicial regulación del visado colegial. III. La nueva regulación derivada de la Directiva. IV. El Real Decreto 1000/2010.
La nueva regulación sobre el teletrabajo y su aplicación al ámbito local
Jiménez Asensio, Rafael
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 5-Especial/2020, pág. 19 a 29
I. Introducción. II. El marco regulatorio. III. A modo de conclusión. La regulación del teletrabajo por los niveles locales de gobierno.
D'ANJOU GONZALEZ, JUAN
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 22/1993, pág. 2737
1. Antecedentes. 2. Novedades del nuevo sistema deìprovisión de puestos de trabajo. a) Clasificación de puestosìde trabajo. b) Agrupaciones. c) Exenciones a la obligaciónìde mantener el puesto de trabajo de Secretaría. d) Provisiónìde puestos de trabajo con funciones reservadas.
BALLESTEROS ARRIBAS, SILVIA
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 8/2001, pág. 1380 a 1383
1. Introducción. 2. Antecedentes. 3. La técnica de la Constante K y su falta de cobertura legal. 4. Conclusiones.
Fernando Fernández-Figueroa Guerrero
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 6/2023, pág. 89 a 94
I. Introducción. II. La «moda» de declararse antitaurino. III. El supuesto de hecho concreto y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares. IV. La conclusión de la sentencia
DEL MOLINO Y NUÑEZ, Mª SOLEDAD
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 14/1994, pág. 1954
1. Reclutamiento. a) Aspectos generales. b)ìAlistamiento. c) Clasificación de los alistados. d) Exentosìpor objeción de conciencia. 2. Legislación específica de laìobjeción de conciencia. a) La objeción de conciencia. b)ìPrestación social sustitutoria. c) Régimen. 3. Consideraciónìconstitucional de la objeción de conciencia...
LA OBLIGACIÓN DE COLABORACIÓN EN LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR LAS ENTIDADES LOCALES
GARCÍA VALDERREY, MIGUEL ÁNGEL
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 6/2010, pág. 928 a 935
1. NOTAS CARACTERÍSTICAS DE LA OBLIGACIÓN DE COLABORACIÓN EN LAS SUBVENCIONES. 2. PRÁCTICA ADMINISTRATIVA. 2.1. Requerimiento de colaboración a los beneficiarios, entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de una subvención local. 2.1.1. Informe técnico sobre necesidad y conveniencia de colaboración de beneficiarios,...
1. NOTAS CARACTERÍSTICAS DE LA OBLIGACIÓN DE COLABORACIÓN EN LAS SUBVENCIONES. 2. PRÁCTICA ADMINISTRATIVA. 2.1. Requerimiento de colaboración a los beneficiarios, entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de una subvención local. 2.1.1. Informe técnico sobre necesidad y conveniencia de colaboración de beneficiarios, entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de una subvención en el ámbito local. 2.1.2. Requerimiento por parte de la intervención municipal sobre la necesidad y conveniencia de colaboración por parte del beneficiario, entidad colaboradora o tercero relacionado con el objeto de una subvención local. 2.1.3. Certificado de presentación o no de la documentación requerida. 2.1.4. Informe sobre el incumplimiento de la colaboración. 2.2. Ejercicio de las facultades concedidas a la Intervención. 2.2.1. Ejercicio de las facultades concedidas a la Intervención. 2.2.2. Negativa del interesado al cumplimiento de los requerimientos efectuados por la intervención, en ejercicio de las facultades de control.
Hernández Domingo, Rafael
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 9/2021, pág. 60 a 86
I. Introducción. II. Doctrina jurisprudencial sobre la necesidad de motivar las decisiones de los órganos de selección de personal. III. Plasmación en la legislación de la obligación de motivar las decisiones discrecionales de los órganos de selección. IV. Técnicas para dejar constancia en el expediente de la obligación de motivar...
I. Introducción. II. Doctrina jurisprudencial sobre la necesidad de motivar las decisiones de los órganos de selección de personal. III. Plasmación en la legislación de la obligación de motivar las decisiones discrecionales de los órganos de selección. IV. Técnicas para dejar constancia en el expediente de la obligación de motivar las decisiones discrecionales de los órganos de selección. V. Conclusiones. VI. Anexo de sentencias.
Lázaro Cabello, Susana
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 1/2019, pág. 79 a 87
I. Antecedentes. II. ROLEC estatal versus ROLEC autonómicos. III. Informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Aragón, 20/2018. IV. Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 24 de septiembre de 2018. V. Limitación de la competencia por la demora en la inscripción....
I. Antecedentes. II. ROLEC estatal versus ROLEC autonómicos. III. Informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Aragón, 20/2018. IV. Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 24 de septiembre de 2018. V. Limitación de la competencia por la demora en la inscripción. VI. Conclusiones.
GIEURE LE CARESSANT, JAVIER
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 17/2006, pág. 3084 a 3089
I. CONCEPTO DE SISTEMA GENERAL Y DOTACIÓN PÚBLICA. II. OBTENCIÓN DE SISTEMAS GENERALES Y DOTACIONES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LA LEGISLACIÓN VALENCIANA Y SU EJECUCIÓN. 1. LA REPARCELACIÓN EN LA LUV. 2. OCUPACIÓN DIRECTA. 3. RESERVA DE APROVECHAMIENTO. III. ALGUNOS CRITERIOS DEL TSJ DE VALENCIA EN CUANTO A LAS REPARCELACIONES Y DOTACIONES...
I. CONCEPTO DE SISTEMA GENERAL Y DOTACIÓN PÚBLICA. II. OBTENCIÓN DE SISTEMAS GENERALES Y DOTACIONES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LA LEGISLACIÓN VALENCIANA Y SU EJECUCIÓN. 1. LA REPARCELACIÓN EN LA LUV. 2. OCUPACIÓN DIRECTA. 3. RESERVA DE APROVECHAMIENTO. III. ALGUNOS CRITERIOS DEL TSJ DE VALENCIA EN CUANTO A LAS REPARCELACIONES Y DOTACIONES PÚBLICAS.
LA OBTENCION DE TERRENOS PARA LA EJECUCION DE DOTACIONES Y SISTEMAS GENERALES
CORRAL GARCIA, ESTEBAN
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 21/1995, pág. 2867 a 2875
1. Antecedentes. 2. Principios básicos que presiden la obtención de los terrenos. 3. Los Sistemas Generales. 4. Formas de adquisición de los terrenos para sistemas y dotaciones. 5. La Expropiación de terrenos para Sistemas y Dotaciones. 6. La ocupación directa de los terrenos. 7. La disposición efectiva de los terrenos.
ESCRIVÁ CHORDÁ, RICARD
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 20/2004, pág. 3404
I. INTRODUCCIÓN. II. DOCTRINA TRADICIONAL: NO ES POSIBLE ENTENDER OBTENIDA CONTRA LEGEM O CONTRA PLAN UNA LICENCIA URBANÍSTICA POR SILENCIO ADMINISTRATIVO. III. REGULACIÓN DE LA "INSTITUCIÓN" DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA LRAU. IV. DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LA INMENSA MAYORÍA DE LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO...
I. INTRODUCCIÓN. II. DOCTRINA TRADICIONAL: NO ES POSIBLE ENTENDER OBTENIDA CONTRA LEGEM O CONTRA PLAN UNA LICENCIA URBANÍSTICA POR SILENCIO ADMINISTRATIVO. III. REGULACIÓN DE LA "INSTITUCIÓN" DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA LRAU. IV. DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LA INMENSA MAYORÍA DE LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA. V. DOCTRINA DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA A PARTIR DE FEBRERO DE 2001. VI. DOCTRINA DE LAS SECCIONES PRIMERA Y SEGUNDA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, CON ANTERIORIDAD A FEBRERO DE 2001. VII. CONCLUSIONES.
MAINAR ENE, MARÍA JOSÉ
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 17/2003, pág. 2898 a 2906
I. INTRODUCCIÓN. II. CONCEPTO DE PROPIEDAD Y MORADA. III. ESTUDIO DEL ARTÍCULO 245.2 DEL CÓDIGO PENAL. IV. CONSIDERACIONES POLICIALES. V. CONCLUSIONES.
La OEP y la problemática de su prohibición por LPGE. ¿Hay soluciones?
Villa Márquez, Sonia; Roncero Richarte, M. ª Luz
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 24/2015, pág. 2871 a 2879
I. Definición y regulación normativa estatal, autonómica y local. II. Restricciones contenidas en las LPGE a las OEP en los últimos años. III. Contradicción/coordinación entre las LPGE y normativa general en materia de personal (TREBEP) respecto de la OEP. Especial referencia al personal funcionario interino y personal laboral indefinido....
I. Definición y regulación normativa estatal, autonómica y local. II. Restricciones contenidas en las LPGE a las OEP en los últimos años. III. Contradicción/coordinación entre las LPGE y normativa general en materia de personal (TREBEP) respecto de la OEP. Especial referencia al personal funcionario interino y personal laboral indefinido. IV. Incidencia de las restricciones presupuestarias respecto de la OEP en la precariedad laboral de las Administraciones públicas. Consecuencias. V. Posturas contrarias. VI. Conclusión.
ARENAS SANTIAGO, ANTONIO
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 12/2005, pág. 1969 a 1972
I. NORMATIVA. II. NATURALEZA. III. REQUISITOS. IV. APROBACIÓN. 1. ÓRGANO COMPETENTE. 2. TRAMITACIÓN. 3. AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO. V. TEMPORALIDAD. VI. CONTENIDO. VII. EJECUCIÓN.