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HACIENDAS LOCALES. OPERACIONES DE CRÉDITO.- CÁLCULO DE LA DEUDA VIVA

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 18/2011, pág. 2113 a 2114

1. ANTECEDENTES.- Para calcular la capacidad de endeudamiento, ¿deben computarse las devoluciones que deban realizarse respecto a los anticipos en la participación en los tributos del Estado? 2. CONTESTACIÓN.- Las devoluciones que deban realizarse respecto a los anticipos en la participación en los tributos del Estado, no computan como...

1. ANTECEDENTES.- Para calcular la capacidad de endeudamiento, ¿deben computarse las devoluciones que deban realizarse respecto a los anticipos en la participación en los tributos del Estado? 2. CONTESTACIÓN.- Las devoluciones que deban realizarse respecto a los anticipos en la participación en los tributos del Estado, no computan como deuda viva a los efectos del cálculo señalado en el art. 14.2 del Real Decreto-ley 8/2010.

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HACIENDAS LOCALES. OPERACIONES DE CRÉDITO.- CONCERTACIÓN DE PRÉSTAMO A LARGO PLAZO PARA LA ADQUISICIÓN DE UN INMUEBLE, GARANTIZÁNDOLO CON HIPOTECA

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 15/2011, pág. 1835 a 1836

1. ANTECEDENTES.- Se pretende la adquisición de un inmueble gravado con hipoteca. Entre tanto cobramos una subvención pendiente ¿se puede subrogar el Ayuntamiento en el pago de la hipoteca? 2. CONTESTACIÓN.- Es posible concertar un préstamo a largo plazo para la adquisición de un inmueble y garantizarlo con una hipoteca sobre dicho bien.



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HACIENDAS LOCALES. OPERACIONES DE CRÉDITO.- LÍNEA ICO. OBLIGACIONES QUE PUEDEN INCLUIRSE EN LOS EXPEDIENTES DE CANCELACIÓN DE DEUDA

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 17/2011, pág. 1995 a 1996

1. ANTECEDENTES. ¿A qué tipo de obligaciones vencidas se refiere el Real Decreto-Ley 8/2011? ¿Qué ocurre con las que deriven de contratos ejecutados sin la existencia de crédito? 2. CONTESTACIÓN. Consideramos que cuando el Real Decreto-Ley 8/2011 habla de obligaciones vencidas, líquidas y exigibles pendientes de aplicar al presupuesto...

1. ANTECEDENTES. ¿A qué tipo de obligaciones vencidas se refiere el Real Decreto-Ley 8/2011? ¿Qué ocurre con las que deriven de contratos ejecutados sin la existencia de crédito? 2. CONTESTACIÓN. Consideramos que cuando el Real Decreto-Ley 8/2011 habla de obligaciones vencidas, líquidas y exigibles pendientes de aplicar al presupuesto de 2010, está incluyendo las obligaciones no reconocidas a 31 de diciembre de 2010 por falta de consignación presupuestaria.

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HACIENDAS LOCALES. OTROS INGRESOS. PRESUPUESTOS LOCALES

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 6/1998, pág. 816

1. Cabe la posibilidad de rentabilizar los excedentes de tesorería, si se cumplen las condiciones establecidas por el artículo 180.2ª de la LRHL.









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