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RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (IX) (SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD)

MANTECA VALDELANDE, VICTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2011, pág. 920 a 929

I. Responsabilidades concurrentes entre Administraciones. II. Daños producidos a otras Administraciones. III. Responsabilidad patrimonial de autoridades y funcionarios. IV. Responsabilidad derivada de la infracción penal. V. Responsabilidad contable de las autoridades y empleados públicos. VI. Responsabilidad mediando contrato de seguro....

I. Responsabilidades concurrentes entre Administraciones. II. Daños producidos a otras Administraciones. III. Responsabilidad patrimonial de autoridades y funcionarios. IV. Responsabilidad derivada de la infracción penal. V. Responsabilidad contable de las autoridades y empleados públicos. VI. Responsabilidad mediando contrato de seguro. VII. Responsabilidad por funcionamiento del Tribunal Constitucional. VIII. Procedimiento y declaración.

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RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (VII) (RESPONSABILIDAD POR ACTOS LEGISLATIVOS)

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 5/2011, pág. 663 a 672

1. Reglas especiales en función del tipo de actuación determinante de la responsabilidad. 2. Responsabilidad derivada de actos legislativos. 3. Regulación legal y requisitos de la responsabilidad patrimonial por acto legislativo. 4. Jurisprudencia conceptual sobre responsabilidad patrimonial legislativa. 5. Criterios prácticos sobre responsabilidad...

1. Reglas especiales en función del tipo de actuación determinante de la responsabilidad. 2. Responsabilidad derivada de actos legislativos. 3. Regulación legal y requisitos de la responsabilidad patrimonial por acto legislativo. 4. Jurisprudencia conceptual sobre responsabilidad patrimonial legislativa. 5. Criterios prácticos sobre responsabilidad patrimonial por acto legislativo.

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RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Y X) (RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LOS CONTRATISTAS DEL SECTOR PÚBLICO)

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 8/2011, pág. 1028 a 1037

I. Introducción. II. Procedimiento de reclamación. III. Contrato de obras. IV. Daños causados a terceros durante la ejecución de la obra. V. Contrato de servicios. VI. Determinación del sujeto responsable. VII. Supuestos de responsabilidad de la O del contratista. 1. En contrato de obras. 2. Contratas de limpieza. 3. Contratas de servicios....

I. Introducción. II. Procedimiento de reclamación. III. Contrato de obras. IV. Daños causados a terceros durante la ejecución de la obra. V. Contrato de servicios. VI. Determinación del sujeto responsable. VII. Supuestos de responsabilidad de la O del contratista. 1. En contrato de obras. 2. Contratas de limpieza. 3. Contratas de servicios. 4. Contratos de arrendamiento. 5. Contratas de jardinería.

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RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (II)

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 22/2010, pág. 2809 a 2819

VII. Inicio a solicitud de interesado. 1. Identificación del interesado y casos de representación. 2. Hechos y relación de causalidad. 3. Título de imputación a la Administración. 4. Lesiones producidas. 5. Evaluación económica: daños personales y materiales. 6. Momento efectivo de la lesión. 7. Medios de prueba de que el reclamente...

VII. Inicio a solicitud de interesado. 1. Identificación del interesado y casos de representación. 2. Hechos y relación de causalidad. 3. Título de imputación a la Administración. 4. Lesiones producidas. 5. Evaluación económica: daños personales y materiales. 6. Momento efectivo de la lesión. 7. Medios de prueba de que el reclamente intenta valerse. Actuaciones administrativas al recibir la reclamación.

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Reconocido el derecho del personal docente universitario temporal a la evaluación de su actividad investigadora

Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo de 26 de diciembre de 2017

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 2/2018, pág. 1

Anula la Resolucion de 30 de noviembre de 2016, que fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora docente por discriminar al profesorado interino o temporal, al establecer que únicamente podrán presentar la solicitud los funcionarios de carrera.


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Recordatorio de la doctrina constitucional en materia de emplazamientos a los demandados. Comentario a la STC 50/2017, de 8 de mayo de 2017

Triana Reyes, Belén

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2017, pág. 26 a 29

I. Antecedentes de hecho. II. Fundamentos jurídicos. III. Comentario.


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RECTIFICACIÓN DEL TS: IMPUGNACIÓN DE ACTO DE TRÁMITE EN MATERIA DE EXTRANJERÍA. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 28 DE OCTUBRE DE 2005

SOLDEVILA FRAGOSO, SANTIAGO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 14/2006, pág. 1720

I. LA SENTENCIA. PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. ACTOS ADMINISTRATIVOS IMPUGNABLES. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.


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RECUPERACION DE OFICIO DE LOS BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES

CHACON ORTEGA, LUIS

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 39/1991, pág. 495

1. Consideraciones generales. 2. Sujetos. a)Administración local. b) Usurpador o perturbador. c)Denunciante. 3. Objeto. a) Bienes de dominio público. b)Bienes patrimoniales. 4. Procedimiento. a) Iniciación. b) Instrucción. c) Terminación. 5. Efectos.


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RECUPERACIÓN DE OFICO DE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. COMENTARIO A LA STSJ CASTILLA Y LEÓN DE 14 DE ENERO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 15/2011, pág. 1898 a 1905

I. LA SENTENCIA. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. Anulación del expediente de recuperación de oficio de bien de dominio público. Ausencia de prueba plena sobre la posesión administrativa del terreno litigioso, con virtualidad bastante como para justificar el ejercicio de la acción recuperatoria. De la práctica de la prueba pericial cabe concluir...

I. LA SENTENCIA. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. Anulación del expediente de recuperación de oficio de bien de dominio público. Ausencia de prueba plena sobre la posesión administrativa del terreno litigioso, con virtualidad bastante como para justificar el ejercicio de la acción recuperatoria. De la práctica de la prueba pericial cabe concluir que la documentación en que se basa el Ayuntamiento es una documentación posterior en el tiempo a la fotografía tomada por el Ejército del Aire, incorporada al informe pericial elaborado a instancia del administrado, fotografía relevante porque refleja una parcela cercada aún sin edificar, en la que no se aprecia ni atisba en su lindero con la calle retranqueo alguno, retranqueo que sí figura en la documentación catastral posterior pero que, a los meros efectos posesorios, ha de ser interpretado como un simple reflejo de la realidad constructiva de ese momento. La realidad no discontinua del lindero cuestionado que dicha fotografía refleja es suficiente para generar vehementes dudas sobre el estado posesorio público que postula el Ayuntamiento. II. FUNDAMENTO DE DERECHO. 1. Sentencia apelada y alegaciones de las partes. 2. Sobre la potestad de recuperación de oficio. 3. Aplicación de la anterior doctrina al presente caso. Inexistencia de vicios procedimentales. Ausencia de prueba de la posesión administrativa. Desestimación de la apelación. 4. Costas procesales de la apelación.

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Recurrentes Anónimos

Soldevila Fragoso, Santiago

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 9/2018, pág. 1 a 5

I. La protección de datos y el Tribunal de Justicia. II. Las implicaciones internas para el Tribunal de Justicia. III. La posición del Tribunal Constitucional. IV. La posición del Poder Judicial.


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RECURRIDA EN REPOSICIÓN LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL SIN QUE RECAIGA RESOLUCIÓN EXPRESA, ES RECURRIBLE IGUALMENTE LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA AUN NO HABIENDO INTERPUESTO RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA LA DESESTIMACIÓN PRESUNTA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 10/2004, pág. 1256 a 1258

UN AFECTADO INTERPONE RECURSO DE REPOSICIÓN ALEGANDO IMPROCEDENCIA DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES ACORDADAS POR AYUNTAMIENTO, SIN OBTENER CONTESTACIÓN AL RESPECTO. TRANSCURRIDO UN AÑO, EL AYUNTAMIENTO LLEVA A CABO LA NOTIFICACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEFINITIVA Y EL AFECTADO INTERPONE RECURSO DE REPOSICIÓN ALEGANDO...

UN AFECTADO INTERPONE RECURSO DE REPOSICIÓN ALEGANDO IMPROCEDENCIA DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES ACORDADAS POR AYUNTAMIENTO, SIN OBTENER CONTESTACIÓN AL RESPECTO. TRANSCURRIDO UN AÑO, EL AYUNTAMIENTO LLEVA A CABO LA NOTIFICACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEFINITIVA Y EL AFECTADO INTERPONE RECURSO DE REPOSICIÓN ALEGANDO DE NUEVO SU IMPROCEDENCIA.

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Recurso de apelación y sanciones que impiden el desempeño del trabajo o profesión

Fernández- Lomana García, Manuel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2015, pág. 15 a 21

I. Introducción. II. El recurso de apelación y las sanciones que impiden el desempeño del trabajo o profesión. III. La jurisprudencia del Tribunal Supremo. 1. Sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión. 2. Sanción de suspensión de funciones. IV. La posición de los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional....

I. Introducción. II. El recurso de apelación y las sanciones que impiden el desempeño del trabajo o profesión. III. La jurisprudencia del Tribunal Supremo. 1. Sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión. 2. Sanción de suspensión de funciones. IV. La posición de los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional. 1. Sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión. A. La doctrina mayoritaria. B. La doctrina minoritaria. V. Conclusiones.

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RECURSO DE CASACIÓN Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 15/2012, pág. 1904 a 1915

I. INTRODUCCIÓN. II. LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN CIVIL Y LABORAL. 1. En el recurso de casación laboral. 2. En el recurso de casación civil. III. LA NATURALEZA DEL RECURSO DE CASACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA LOS AUTOS DICTADOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. 1. En la ejecución definitiva de sentencias....

I. INTRODUCCIÓN. II. LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN CIVIL Y LABORAL. 1. En el recurso de casación laboral. 2. En el recurso de casación civil. III. LA NATURALEZA DEL RECURSO DE CASACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA LOS AUTOS DICTADOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. 1. En la ejecución definitiva de sentencias. 2. En la ejecución provisional de sentencias. IV. AUTOS DICTADOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA EXCLUIDOS DEL RECURSO DE CASACIÓN. 1. Los Autos dictados en ejecución de sentencias que no serían susceptibles de ser recurridas en casación. 2. Los Autos dictados en ejecución de sentencia que están excluidos del recurso de casación a pesar de que la sentencia ejecutada sí sería susceptible de ser recurrida en casación. 3. La admisión de recurso de casación contra la sentencia al amparo del Art. 86.3 de la LJCA no lleva aparejada la admisión de recurso de casación contra los Autos dictados en ejecución de la misma. 4. El supuesto especial del recurso de casación contra los autos que fijan la indemnización sustitutoria en los casos de imposibilidad material o legal de ejecutar una sentencia firme. V. LA NECESIDAD DE INTERPONER RECURSO DE REPOSICIÓN PREVIO AL DE PREPARACIÓN DE LA CASACIÓN. VI. EL ESCRITO DE PREPARACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN CONTRA AUTOS DICTADOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. 1. El escrito preparatorio ha de justificar que el auto impugnado es susceptible de casación por encontrarse comprendido entre los previstos en el Art. 87 de la LJCA y no afectarle las excepciones del Art. 86.2 de la LJCA. 2. El escrito de preparación ha de justificar que se ha interpuesto el previo recurso de súplica contra la resolución procesal dictada inicialmente. 3. ¿Hay que justificar en el escrito de preparación contra Autos dictados por Salas de lo Contencioso-Administrativo de Tribunales Superiores de Justicia que la infracción de normas estatales ha sido relevante y determinante del fallo de la sentencia ejecutada? 4. La necesidad de anticipar en el escrito de preparación los motivos que después se desarrollarán en el escrito de interposición con cita concreta de las normas o de la jurisprudencia que se consideren infringidas. VII. EL ESCRITO DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN CONTRA AUTOS DICTADOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA. 1. En la ejecución provisional de sentencias. 2. En la ejecución definitiva de sentencias. VIII. LA SENTENCIA DECISORIA DE ESTOS RECURSOS DE CASACIÓN. IX. EPÍLOGO.

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Recurso de casación y proceso de derechos fundamentales

José Ramón Rodríguez Carbajo

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2013, pág. 440 a 453

I. La cuestión durante la vigencia del recurso de apelación de la LJCA de 1656. 1. El artículo 9.1 de la Ley 62/1978. 2. Las resoluciones iniciales del Tribunal Constitucional sobre ese precepto. 3. Las contradicciones entre las entonces Sala 3.ª y 5.ª del Tribunal Supremo. 4. La resolución de la controversia por la Sala Especial de...

I. La cuestión durante la vigencia del recurso de apelación de la LJCA de 1656. 1. El artículo 9.1 de la Ley 62/1978. 2. Las resoluciones iniciales del Tribunal Constitucional sobre ese precepto. 3. Las contradicciones entre las entonces Sala 3.ª y 5.ª del Tribunal Supremo. 4. La resolución de la controversia por la Sala Especial de Revisión del Tribunal Supremo. 5. Las contundentes SSTC núm. 188/1994, de 20 de junio, y núm. 145/1995, de 3 de octubre: cuando lo planteado en el proceso sea manifiestamente un problema directamente relacionado con la tutela de los derechos fundamentales, es necesario permitir la segunda instancia y darle ocasión al Tribunal Supremo a fin de que pueda restablecer el derecho fundamental vulnerado. 6. El Tribunal Supremo reintepreta la STC núm. 188/1944 y mantiene su doctrina contraria a la admisión de recurso de casación contra las resoluciones judiciales dictadas en materia de personal aunque hubiesen sido adoptadas en el proceso especial de la Ley 62/1978. II. La cuestión en el recurso de casación contencioso-administrativo introducido por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal. 1. El nuevo art. 93.2 a) y b) de la LJCA. 2. La STC núm. 126/1997, de 1 de julio, rectifica la doctrina seguida en las SSTC 188/1994 y 145/1995. III. La cuestión en la LJCA de 1998. 1. Discriminación entre las cuestiones de personal y las restantes materias. 2. En las cuestiones ajenas a la materia de personal, el recurso de casación se admite aunque su cuantía no exceda de 600.000 euros. 3. Exclusión del recurso de casación de las cuestiones de personal aunque hayan sido tramitadas a través del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona. IV. Epílogo.

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