• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

VINCULACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN PÚBLICA A UNA COFRADÍA RELIGIOSA Y SU ARTICULACIÓN CON LA ACONFESIONALIDAD DEL ESTADO Y CON EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA DE LOS MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN (COMENTARIO A LA STC 101/2004, DE 2 DE JUNIO)

PONENTE: JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA, MANUEL. COMENTARIO: DE MENDIZÁBAL, TERESA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 18/2004, pág. 2243 a 2249

I. LA SENTENCIA. LIBERTAD RELIGIOSA. DOCTRINA CONSTITUCIONAL. DIMENSIÓN OBJETIVA Y SUBJETIVA. OTORGAMIENTO DE AMPARO A POLICÍA AL QUE NO SE DISPENSÓ DE PARTICIPAR EN UNA PROCESIÓN RELIGIOSA PESE A HABERLO SOLICITADO POR EL CONDUCTO REGLAMENTARIO. EXISTENCIA DE IMPLICACIONES DE TIPO RELIGIOSO QUE FUNDAMENTAN SOBRADAMENTE LA NEGATIVA DE QUIEN NO PROFESE LA RELIGIÓN CATÓLICA A TOMAR PARTE EN MANIFESTACIONES DE CULTO DE DICHA RELIGIÓN. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A NO PARTICIPAR, SI ÉSE ES SU DESEO, EN ACTOS DE CONTENIDO RELIGIOSO. INADECUADO USO DEL RECURSO DE AMPARO PARA IMPUGNAR LA DISPOSICIÓN QUE DISPONE QUE EL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA ES HERMANO DE UNA COFRADÍA, AL NO TRATARSE DE UNA DISPOSICIÓN IMPUTABLE A UN PODER PÚBLICO. VOTO PARTICULAR.

Ver teléfonos