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URBANISMO. SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO (ANOTACIONES Y CONCORDANCIAS)
Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 208/2004, pág. 161 a 180
PLANEAMIENTO. 1. PLAZO DE IMPUGNACIÓN DIRECTA DE LOS PLANES. SE COMPUTA DESDE SU PUBLICACIÓN SIN QUE RIJA LA NECESIDAD DE NOTIFICACIÓN NI LA DE COMUNICAR LOS RECURSOS PROCEDENTES. EL PLAZO SE COMPUTA DESDE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN EN EL BOE O EN EL BOLETÍN AUTONÓMICO. 2. PLAN ESPECIAL DEL CENTRO HISTÓRICO DE BURGOS. ORDENES DE EJECUCIÓN PARA DEMOLER DOS PLANTAS DE UN EDIFICIO PARA ACOMODARLO A LAS PREVISIONES DEL PLAN.