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EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 14/2011, pág. 1727 a 1728
1. ANTECEDENTES.- En el sistema de cooperación, ¿es posible recibir subvención del Plan único de obras y servicios de la Generalitat de Cataluña? 2. CONTESTACIÓN.- Entendemos que la ejecución de una actuación urbanística por el sistema de cooperación debe ser íntegramente financiada por los propietarios de los terrenos afectados por la actuación urbanística. El hecho de que sea la Administración la que ejecute las obras de urbanización no posibilita, desde nuestro punto de vista, el hecho de que se reciba una subvención de la Comunidad Autónoma.