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Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 17/2003, pág. 52 a 53
LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA, POSTERIOR A LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN Y QUE CONTIENE LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL, CERRARÁ LA OPERACIÓN, INCLUYENDO LAS CARGAS Y GASTOS PRORRATEABLES PRODUCIDOS CON POSTERIORIDAD A LA APROBACIÓN DE LA REPARCELACIÓN.