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Un vecino de este municipio ha adquirido un inmueble. El Ayuntamiento ha declarado fallido al vendedor, que debía el IBI correspondiente a dicho inmueble de los ejercicios 2012 a 2020. ¿Se le pueden exigir al comprador todos los IBI pendientes de cobro?
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 4-Especial/2020, pág. 17 a 18
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