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Treinta años de retasación de cargas y de incrementos de precios en los programas de actuación integrada

Hervás Más, Jorge

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 188/2024, pág. 1 a 21

I. Introducción. II. La normativa de aplicación. La transitoriedad de tres leyes. III. Ámbito territorial. La retasación se admite tanto en los programas de actuación integrada como aislada. IV. El rigor y la diligencia en la redacción del proyecto de urbanización. Los errores en el proyecto no legitimaran una posterior retasación de cargas. V. Las obras previsibles e imprevisibles. Análisis de las obras de urbanización susceptibles de retasación. VI. El procedimiento de retasación de cargas. VII. Una adaptación y actualización de precios después de transcurrido un tiempo desde la aprobación del programa no es una retasación. VIII. La revisión de precios como incremento ajeno a la retasación de cargas. IX. El umbral máximo del veinte por cien. ¿Podría haber sido cualquier otro? X. Las resoluciones administrativas y judiciales que se dictan durante la ejecución del contrato no se incorporan como retasación de cargas sino como liquidación de la reparcelación. XI. Los efectos de las sentencias que anulan retasaciones de cargas. XII. La relación de la retasación de cargas con la ley de contratos del sector público. XIII. Conclusiones.

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