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SUSPENSIÓN DE LA EFICACIA DE AUTORIZACIÓNES URBANÍSTICAS ILEGALES (UN ANÁLISIS DESDE EL ARTÍCULO 184 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE CANARIAS Y DE ESPACIOS NATURALES DE CANARIAS)

ÚBEDA TARAJANO, FRANCISCO E.

Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, n.º 251/2009, pág. 35 a 60

I. EL DÉFICIT DE EJECUCIÓN DEL DERECHO URBANÍSTICO: BREVE APROXIMACIÓN AL ESTADO DE LA CUESTIÓN EN CANARIAS. II. LA PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. A) La potestad-deber de la Administración de la legalidad urbanística. B) Las distintas técnicas e instrumentos para la tutela jurídica de la ordenación territorial y urbanística en el ámbito canario. III. LA SUSPENSIÓN DE LA EFICACIA DE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS ILEGALES QUE DAN COBERTURA A OBRAS EN CURSO DE EJECUCIÓN (ART. 184 TROLTC). A) Fundamento y límites de la medida: su diferenciación respecto de otras figuras afines. B) Caracteres, requisitos formales y materiales de la medida de suspensión, órgano competente, procedimiento y plazo para su ejercicio. Obras objeto de la suspensión. C) Efectos de la medida y objeto del procedimiento especial del art. 127 LJCA.

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