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RESCATE DE UNA CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2010

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2011, pág. 868 a 872

I. LA SENTENCIA. CONCESIONES ADMINISTRATIVAS. Finalización del plazo de vigencia para explotar el servicio de inspección técnica de vehículos. Discrepancia de la mercantil adjudicataria con la Administración respecto a la fecha inicial de la concesión. Debido a la falta de terrenos aptos para la instalación, se concede a la concesionaria autorización con carácter temporal limitado y provisional para la explotación del servicio en la sede física de la que dispone en ese instante. El cómputo del plazo debe iniciarse en el momento en que se adjudica la concesión mediante concurso, independientemente de que, durante los primero años, la explotación del servicio se hiciese en unos terrenos no aptos y bajo autorización provisional. El servicio público prestado tiene como único título la concesión y la autorización provisional solo tiene la relevancia de autorizar la sede física donde debe prestarse el servicio. La concreta ubicación física de la estación concedida no es relevante a los extremos de determinar el momento inicial en que la explotación concesional entró en funcionamiento. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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