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REMODELACIONES URBANAS EN CONJUNTOS HISTÓRICOS Y SUS ENTORNOS

BERMÚDEZ SÁNCHEZ, JAVIER

REVISTA ANDALUZA DE ADMINISTRACION PUBLICA. ADMINISTRACION DE ANDALUCIA, n.º 76/2010, pág. 121 a 188

I. LA DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE CONJUNTO HISTÓRICO Y DE CIUDADES PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD. a) Delimitación de los entornos. b) Zona de amortiguamiento en las ciudades patrimonio de la humanidad. II. ACTUACIONES URBANAS PREVIAS A LA APROBACIÓN DE PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN. a) Sustitución de inmuebles y alteración de la edificabilidad o de las alineaciones en conjuntos históricos sin plan especial. b) La modificación de entornos previa a plan especial. c) Exigencia de doble autorización en el conjunto y su entorno: concurrencia de la competencia municipal y de la comunidad autónoma (o isla). d) La solución de discrepancias entre las dos Administraciones competentes. e) Motivación de las resoluciones del municipio y de la comunidad autónoma o isla. III. REMODELACIONES CON RESPETO A LA ESTRUCTURA URBANA ESTABLECIDAS EN PLANES ESPECIALES DE PROTECCIÓN. a) Contenido general y límites de los planes especiales: la modificación de alineaciones. b) La modificación de la estructura urbana en los planes especiales de conjuntos históricos. b, 1) La posición original del Tribunal Supremo de estricta inalterabilidad de las alineaciones en conjuntos históricos. b, 2) Modificación de alineaciones en aplicación de legislación autonómica confirmada por el Tribunal Supremo. c) La coordinación de competencias municipales y de la comunidad autónoma o isla en la aprobación de planes especiales. d) La articulación de competencias en los supuestos de sustitución de inmuebles una vez aprobado el plan especial del conjunto; la autorización en zonas arqueológicas o paleontológicas, monumentos y sus entornos. IV. VALORACIÓN FINAL.

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