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Miguel Ángel García Valderrey
Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 130/2014, pág. 6 a 10
I. Introducción. II. Procedimiento. 1. Solicitud de certificación en la que conste la terminación de la obra y su descripción. 2. Informe de los servicios técnicos de inexistencia de expediente de disciplina urbanística que la parcela no tiene carácter demanial está afectada por servidumbres de uso general. 3. Certificado de inexistencia de inicio de expediente sancionador urbanístico de una parcela, así como que no tiene carácter demanial y está afectada por servidumbres. 4. Informe de los servicios técnicos de reconocimiento de situación de fuera de ordenación de edificación. 5. Resolución que declara la situación de fuera de ordenación de un inmueble.