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HORGUÉ BAENA, CONCEPCIÓN
REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 134/2007, pág. 285 a 320
I. EL NUEVO RÉGIMEN DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS. 1. DELIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS: SU VINCULACIÓN A LAS NECESIDADES DEL TRÁFICO MARÍTIMO. 2. LA NUEVA CONFIGURACIÓN DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS: DE SERVICIOS PÚBLICOS A SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL. SU ALCANCE SEGÚN LA CLASE DE SERVICIO PORTUARIO. II. LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS BÁSICOS. 1. LOS SERVICIOS PORTUARIOS BÁSICOS. RÉGIMEN DE PRESTACIÓN. 2. LA LICENCIA COMO TÍTULO HABILITANTE PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS BÁSICOS. DELIMITACIÓN DEL DERECHO DE ACCESO AL MERCADO. 3. CLASES DE LICENCIAS. 3.1. DE CARÁCTER GENERAL O DE CARÁCTER ESPECÍFICO. 3.2. ABIERTAS O RESTRINGIDAS. 3.3. ESPECIALES PARA LA AUTOPRESTACIÓN O PARA LA INTEGRACIÓN DE SERVICIOS. 4. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA. 4.1. LICENCIAS SIN LIMITACIÓN DE NÚMERO DE PRESTADORES. 4.2. LICENCIAS CON LIMITACIÓN DE NÚMERO DE PRESTADORES. 4.3. LICENCIAS LIGADAS AL USO PRIVATIVO DEL DOMICILIO PÚBLICO PORTUARIO. 5. RÉGIMEN JURÍDICO DEL TÍTULO HABILITANTE. 5.1. CONTENIDO DE LA LICENCIA. 5.2. PLAZO DE LA LICENCIA. 5.3. MODIFICACIÓN DE LA LICENCIA. 5.4. TRANSMISIÓN DE LA LICENCIA. 5.5. EXTINCIÓN DE LA LICENCIA. 6. OTROS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA LICENCIA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS BÁSICOS: OBLIGACIÓN DEL REGISTRO, INCOMPATIBILIDADES DE LOS TITULARES, SEPARACIÓN CONTABLE, ENTRE OTRAS.