• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

RECTIFICACIÓN DE ERRORES EN LOS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO

GARCÍA VALDERREY, MIGUEL ÁNGEL

Práctica Urbanística. Revista mensual de urbanismo, n.º 70/2008, pág. 6 a 22

ESTUDIO. I. Introducción. II. Análisis normativo. 1. Normativa estatal. 2. Normativa autonómica. 3. Análisis doctrinal. A. Alcance de la corrección de errores. B. Corrección de errores: inicio de procedimiento. C. Naturaleza jurídica de la rectificación de errores. D. Competencia y procedimiento para la aprobación de la rectificación de errores. E. Procedimiento para la rectificación de errores de los instrumentos de planeamiento. F. Algunos supuestos de corrección de errores: a) Errores de rotulación en los planos. b) Errores gráficos. c) Errores que implican nueva clasificación. d) Modificación de alineaciones. e) Inexistencia de error por nuevas delimitaciones de términos municipales posteriores a la aprobación de un instrumento de planeamiento. f) La interpretación de normas exime la calificación de la anomalía de error. g) Corrección de errores y normas de interpretación en caso de contradicción. PROCEDIMIENTO PRÁCTICO. I. Inicio del expediente. 1. Solicitud a instancia del interesado. 2. Petición rogada de otros órganos. 3. Providencia para el inicio de expediente de rectificación. II. Providencia para la emisión de informe jurídico/técnico. III. Informe jurídico. IV. Informe técnico. V. Aprobación de la rectificación de errores. 1. Acuerdo de aprobación de rectificación de errores. 2. Acuerdo de solicitud para la rectificación de errores. 3. Oficio de remisión del acuerdo solicitando la rectificación de errores. VI. Publicación del acuerdo.

Ver teléfonos