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PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. URBANISMO. (SENTENCIA 5 DE MAYO 1998 T.S., SALA 3ª, SECCION 5ª).

ENRIQUEZ SANCHO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 38/1998, pág. 2843

1. Impugnación de acuerdos locales por la Administración Autonómica. Plazo de ejercicio: dos meses. No es aplicable el plazo de cuatro años establecido para el ejercicio de la acción popular urbanística. Acción popular. Plazo de ejercicio. 2. Parcelaciones. Concentración en una sola parcela de todo el volumen edificable derivado de las cesiones para fines dotacionales de la unidad de actuación. Parcelación efectuada por una sola persona, propietario originario de todo el suelo.

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