• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

¿POR QUÉ UNA NUEVA LEY DE CONTRATOS? OBJETIVOS, ALCANCE Y PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY 30/2007, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

MORENO MOLINA, JOSÉ ANTONIO

REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 139/2008, pág. 419 a 451

I. Introducción. Una nueva reforma legal en la contratación pública: suma y sigue. II. La nueva Ley tiene como principal razón de ser la incorporación al Derecho español de la Directiva 2004/18/CE, pero va más allá en las reformas planteadas. Consideraciones críticas. III. La garantía de los principios generales de la contratación pública es el objeto y finalidad de la nueva Ley de Contratos. IV. Sin embargo, se mantiene un serio riesgo de huida de los mismos por el mantenimiento de procedimientos de contratación de carácter excepcional e incluso la fuerte elevación de los umbrales que permiten acudir a ellos. V. El nuevo incumplimiento español del derecho comunitario de los contratos públicos. Las numerosas condenas del Tribunal de Justicia contra España en materia de contratación pública. VI. El efecto directo de las Directivas comunitarias sobre contratación pública. VII. La obligación de interpretación de la Ley de Contratos del Sector Público conforme al Derecho comunitario. VIII. La nueva estructura y enfoque de la legislación de contratos. IX. Tipología de entidades y contratos en la Ley de Contratos del Sector Público. La nueva categorización de los contratos administrativos y privados en función de la entidad contratante y la cuestionable huida de la jurisdicción contencioso-administrativa para los actos preparatorios de los contratos celebrados por las entidades que no son Administraciones Públicas. X. La introducción de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de contratación. Una oportunidad perdida tanto por las Directivas comunitarias como por la LCSP.

Ver teléfonos