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Cuadernos de Derecho Local, n.º 23/2010, pág. 78 a 91
ÍNDICE. PREÁMBULO. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS. Artículo 4. Principios generales. Artículo 5. Régimen de autorización. Artículo 6. Establecimientos y sucursales. Artículo 7. Régimen de declaración responsable o comunicación previa. Artículo 8. Limitaciones temporales. Artículo 9. Limitación del número de autorizaciones. Artículo 10. Principios aplicables a los requisitos exigidos. Artículo 11. Requisitos prohibidos. Artículo 12. Condiciones o limitaciones. CAPÍTULO III. RÉGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. Artículo 13. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. CAPÍTULO IV. SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA. Artículo 14. Simplificación de procedimientos. Artículo 15. Documentación exigible. CAPÍTULO V. VENTANILLA ÚNICA. Artículo 16. Ventanilla única. Artículo 17. Garantías de información a través de la Ventanilla Única. CAPÍTULO VI. COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA. Artículo 18. Obligación general de cooperación. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Modificación de los preceptos de la Ordenanza y de las referencias que hace a la normativa vigente con motivo de la promulgación de normas posteriores y remisión general a la legislación estatal y autonómica. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Determinación específica de causas justificativas de interés general. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Adaptación de ordenanzas fiscales. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Régimen de los espectáculos públicos y las actividades recreativas. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Incidencia en las normas de construcción y en las licencias urbanísticas de uso. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Ocupación del dominio público. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Servicios funerarios. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Inicio de procedimientos. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Régimen transitorio de los procedimientos en materia de prevención y contro ambiental de las actividades. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Régimen transitorio en materia de procedimientos electrónicos. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.