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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 15 de diciembre de 2016
DIARIO LA LEY, n.º 8975/2017, pág. 1 a 2
La obligación impuesta al contratista en los Pliegos relativa al pago de los impuestos no permite a la Administración a prescindir del procedimiento legalmente establecido y retener las cantidades correspondientes a la tasa pendiente de abono.