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Novedades normativas y jurisprudenciales en las elecciones locales y autonómicas de 24 de mayo de 2015

Delgado- Iribarren García- Campero, Manuel

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 8/2015, pág. 898 a 903

I. Panorámica general. II. Concreción del criterio y de la fecha en que cabe considerar creado un nuevo municipio a efectos de su inclusión en la convocatoria de las elecciones locales de 24 de mayo de 2015. III. La nueva excusa de miembro de una Mesa electoral introducida por la instrucción de la Junta Electoral Central 2/2014. IV. Aclaración del procedimiento de autenticación de firmas de aval a candidaturas de agrupaciones de electores por Notario o Secretario del Ayuntamiento (Art. 187.3 LOREG). V. La doctrina de la Junta Electoral Central sobre el grupo político significativo a efectos de la cobertura de la campaña electoral en los medios públicos de comunicación. VI. Modificación del criterio de apreciación de irregularidades en las papeletas electorales recogida en la instrucción de la Junta electoral central 1/2012, en aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 123/2011. VII. La nulidad de los sobres de votación de los electores inscritos en el CERA remitidos directamente a la Junta Electoral escrutadora, conforme a la Instrucción de la Junta Electoral Central 2/2012, aprobada en ejecución de la Sentencia del Tribunal Constitucional 105/2012.

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