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NORMAS RELATIVAS AL SEGURO DE CREDITO A LA EXPORTACION A CORTO PLAZO: DECISION DEL ORGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC

UNION EUROPEA ARANZADI-COMUNIDAD EUROPEA, n.º 7/1998, pág. 41

1. Introducción. 2. Sector comercial objeto de las normas adoptadas por el Organo de Vigilancia de la AELC. a) Aseguradores. b) Riesgos negociables. 3. Factores que falsean la competencia entre los aseguradores de crédito a la exportación públicos o con apoyo público y los privados. 4. Medidas necesarias para eliminar el falseamiento de la competencia por lo que se refiere a los riesgos negociables. a) Relación de medidas. b) Condiciones mínimas de cumplimiento de las medidas. 5. Aplicación de las normas sobre el seguro de crédito a la exportación a corto plazo.

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