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Movilidad del personal sanitario. Comentario a la STSJ Principado de Asturias de 12 de enero de 2015

Gil Ibáñez, José Luis

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 5/2015, pág. 603 a 604

La sentencia. Personal al servicio de la Seguridad Social. Realización de las funciones en los puestos de trabajo asignados por la Administración en base a la reestructuración planificada de los servicios. No implica movilidad alguna del puesto de trabajo las órdenes que se contienen en el expediente administrativo, relativas a un cambio de destino a unidades ubicadas fuera del ámbito propuesto al nombramiento. Es irrelevante si se realizaron con anterioridad por personal contratado externamente tales funciones. Tampoco puede acogerse la simple circunstancia de que anteriormente no se ordenara al personal de mantenimiento tarea alguna fuera de centro de trabajo durante su jornada ordinaria.

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