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CHINCHILLA MARIN, CARMEN
REVISTA DE ADMINISTRACION PUBLICA, n.º 151/2000, pág. 287
1. El auto del Juzgado de loContencioso-Administrativo de Ciudad Real de 4 de Noviembrede 1999: Otorgamiento, inaudita parte, de la medida cautelarde levantamiento del precinto de una televisión local porondas. 2. El auto del Juzgado de loContencioso-Administrativo de Ciudad Real de 14 de diciembrede 1999: Admisión a trámite del recurso contra la vía dehecho: mantenimiento de la competencia del juzgado; yratificación de la medida cautelar adoptada. 3. La urgenciay la aparicencia de buen derecho como presupuestosdeterminantes de la adopción de la medida cautelar delevantamiento del precinto de los equipos de la televisiónlocal sancionada. 4. Consideraciones finales acerca de lasituación jurídica de las televisiones locales por ondas. 5.Addenda. Un nuevo e inesperado episodio: El precinto deTelevisión Ciudad Real por el Ministerio de Fomento. A pesarde la suspensión de la ejecución de la sanción por eljuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real.