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Malversación de caudales públicos: el pago obligado por sobrecostes no es malversación porque no hubo ánimo de lucro

Dolz Lago, Manuel- Jesús

DIARIO LA LEY, n.º 9082/2017, pág. 1 a 7

I. Identificación. II. Resumen del fallo. III. Disposiciones aplicadas. IV. Antecedentes de hecho. V. Doctrina del Tribunal Supremo. VI. Comentario final.

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