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LOS DERECHOS SOCIALES EN LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA
LÓPEZ MENUDO, FRANCISCO
REVISTA ANDALUZA DE ADMINISTRACION PUBLICA. ADMINISTRACION DE ANDALUCIA, n.º 73/2009, pág. 71 a 190
I. INTRODUCCIÓN. II. LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA, FACTOR DE IMPULSO Y CONCRECIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES. UNA IMPRONTA SOBRE LA LABOR REALIZADA POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN ESTE ÁMBITO. 1. Consideraciones generales. 2. Objeto y estructura de las leyes autonómicas sobre la materia. 3. Valor y eficacia jurídica de los derechos sociales creados por la legislación autonómica. III. LA RECEPCIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES EN LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA. IV. UN EXCURSUS IMPUESTO POR LA STC 247/2007 DE 12 DE DICIEMBRE: PODER DE LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA PARA PROCLAMAR PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES. 1. La posibilidad de desarrollar y "especificar" derechos fundamentales. 2. La posibilidad de crear derechos nuevos (o derivados de principios rectores constitucionales). 3. Límites al poder normativo de los Parlamentos autonómicos. A) Cobertura competencial suficiente. B) Respeto al ámbito de las leyes orgánicas reguladoras de los derechos fundamentales. C) Respeto al principio de igualdad ex art. 139. CE. D) El límite al artículo 138.2 CE. E) La sujeción al posible despliegue por el Estado de la potestad contenida en el artículo 149.1. 1.ª CE. V. LA POLÉMICA SOBRE LA LICITUD DE LA INCLUSIÓN DE PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES EN LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA. 1. Sobre la oportunidad de su inclusión en los Estatutos. 2. Sobre la constitucionalidad de la inserción en los estatutos de dichas tablas de principios, derechos y deberes. A) El presunto impedimento formal: el tenor literal del artículo 147.2 CE. Posturas que se mantienen sobre el contenido posible de los Estatutos. a) Interpretaciones estrictas sobre el alcance del artículo 147.2 CE. b) Interpretaciones amplias sobre el contenido estatutario posible. B) Los argumentos de fondo, a favor y en contra, sobe los enunciados de principios, derechos y deberes de los Estatutos de Autonomía. a) Primera cuestión. Sobre la relación entre los derechos fundamentales y las Cartas estatutarias de derechos. B) Sobre la petrificación y sustracción al juego democrático que puede suponer la inclusión de derechos en los Estatutos. c) Otra línea argumental. Los Estatutos son aprobados por Leyes orgánicas del Estado. ¿Pueden éstas crear desigualdades entre los españoles? d) De nuevo sobre la sujeción a la potestad del Estado ínsita en el artículo 149.1.1ª CE. e) El argumento del derecho comparado. f) La tesis de la STC 247/2007: los derechos sustantivos ex novo que proclaman los Estatutos no son derechos, sino mandatos a los poderes públicos autonómicos. VI. LA EFICACIA DE LOS ENUNCIADOS ESTATUTARIOS. 1. Los enunciados estatutarios puramente retóricos. 2. El valor de los principios rectores estatutarios. 3. El valor de los derechos sustantivos proclamados en los Estatutos de Autonomía. 4. La vinculación entre las tablas estatutarias de principios y derechos y la legislación de desarrollo.