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Los consorcios no tienen consideración de entidades locales a los efectos de inscripción en el registro regulado por el RD 382/86, de 10 de febrero

Xiol Rios, Carlos

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 7/2018, pág. 119 a 124

I. Antecedentes. II. Fundamentos jurídicos. III. Conclusiones. IV. Fallo.

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