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LIMITACIONES TERRITORIALES A LA VENTA AMBULANTE (SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD EUROPEA DE 13 DE ENERO DE 2000; LA LEY 2000, 9865)

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 21/2000, pág. 3538 a 3543

1. Servicios y actividades locales. Mercados yLonjas.- Limitación territorial a la venta ambulante deproductos de panadería, cárnicos y alimenticios (sentenciadel Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea de 13 deenero de 2000; la Ley 2000, 9865).

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