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GARCÍA GÓMEZ, ANTONIO J.
NOTICIAS DE LA UNION EUROPEA, n.º 323/2011, pág. 85 a 96
1. Reglas especiales "completas" (establecidas con independencia de la condición del destinatario). 2. Reglas especiales "incompletas", referidas a servicios prestados a destinatarios "no empresarios". 3. Las reglas generales (I): Regla general básica y aplicación de los puntos de conexión a los servicios "profesionales, financieros y similares". 4. Las reglas generales (y II): Estudio de la situación en cuanto a los servicios prestados por vía electrónica y de telecomunicaciones, radiodifusión y televisión y arrendamientos de medios de transporte. 5. Estudio específico de los grupos de servicios que precisan de un estudio de conjunto adicional.