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LAS ORDENANZAS MUNICIPALES REGULADORAS DE LAS ACTIVIDADES Y LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN

SIBINA TOMÁS, DOMÈNEC

Cuadernos de Derecho Local, n.º 1/2002, pág. 146 a 169

1. LA REGULACIÓN NORMATIVA POR LOS ENTES LOCALES DE LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN: PLANTEAMIENTO. 1.1. EL FUNDAMENTO DE LA INTERVENCIÓN DE LOS ENTES LOCALES. 1.2. LAS COMPETENCIAS ESTATALES Y AUTONÓMICAS QUE CONSTITUYEN LÍMITES, Y EN SU CASO HABILITACIONES, RESPECTO DE LA INTERVENCIÓN DE LOS ENTES LOCALES. 1.3. PRECISIONES SOBRE EL OBJETO Y LA SISTEMÁTICA DEL ESTUDIO. 2. LA REGULACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN EN LAS ORDENANZAS LOCALES Y EN LOS PLANES URBANÍSTICOS: DIFERENCIACIÓN. 3. EL DERECHO COMUNITARIO FUNDAMENTA LA REGULACIÓN Y EL CONTROL MUNICIPAL DEL DESPLIEGUE DE LA RED DE INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN DE TELEFONÍA MÓVIL. 4. LAS AUTORIZACIONES ESTATALES Y LOCALES QUE PRECISAN LAS OPERADORAS PARA LA EXTENSIÓN DE REDES DE TELECOMUNICACIONES, MEDIANTE INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN. 4.1. LA TELEFONÍA MÓVIL COMO SERVICIO DE INTERÉS GENERAL QUE SE PRESTA EN RÉGIMEN DE COMPETENCIA. 4.2. EL TIPO DE LICENCIA QUE PERMITE PRESTAR EL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL Y DERECHOS QUE OTORGA. 4.3. LA CONCURRENCIA DE LA AUTORIZACIÓN ESTATAL PARA CONSTRUIR Y PONER EN FUNCIONAMIENTO LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN Y LA LICENCIA DE ACTIVIDADES Y LA LICENCIA URBANÍSTICA. 5. LA PROTECCIÓN DEL PAISAJE Y LA MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO VISUAL. 6. LA SANCIÓN JURISPRUDENCIAL DE LOS PLANTEAMIENTOS AQUÍ SOSTENIDOS. 7. DOS ÚLTIMAS CONSIDERACIONES: LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA COMPARTICIÓN DE ESPACIOS PARA LAS INSTALACIONES DE RADIOCOMUNICACIÓN. 7.1. LA CUESTIÓN DE LAS DISTANCIAS MÍNIMAS ENTRE LAS INSTALACIONES Y LAS ZONAS OCUPADAS HABITUALMENTE POR PERSONAS. 7.2. LA COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RADIOCOMUNICACIÓN.

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