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Las nuevas políticas públicas de ejecución urbanística en la Ley Andaluza 2/2012. La adaptación de la LOUA a la Legislación Estatal de Suelo (y II)

Salvador M.ª Martín Valdivia / José Cuesta Revilla

REVISTA ARANZADI DE URBANISMO Y EDIFICACIÓN, n.º 26/2012, pág. 77 a 117

I. Las nuevas políticas públicas de ejecución urbanistica. II. El "nuevo" sistema de compensación y la revitalizada figura del agente urbanizador. 1. La cadenciosa introducción de la figura en la legislación andaluza y su distinción con otras figuras: la "empresa urbanizadora" y la "empresa constructora". 2. Iniciativa para el establecimiento del sistema. III. La ocupación directa. 1. El reconocimiento de una realidad legal y jurisprudencial: la ocupación directa sólo es posible con consentimiento del propietario. 2. Antecedentes legislativos. 3. La doctrina constitucional acerca de la naturaleza expropiatoria de la ocupación directa. 4. Marco normativo vigente. Especial referencia a Andalucía. 5. La opinión doctrinal tras la derogación del artículo 203 del TRLS de 1992. 6. La sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 2009: delcaración de nulidad de un plan general en sus referencias a la ocupación directa como forma de obtención de terrenos dotacionales. 7. La respuesta del legislador andaluz de 2012. IV. El Agente Edificador: el instrumento contra la especulación inmobiliaria y su difícil acomodo constitucional.

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