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LAS ENTIDADES LOCALES ANTE EL CONCURSO DE ACREEDORES

SÁNCHEZ ONDAL, JUAN JOSÉ

CUNAL. REVISTA DE ESTUDIOS LOCALES, n.º 132/2010, pág. 360 a 385

Introducción. 1. ¿Pueden las Entidades locales, titulares de créditos, solicitar concurso de acreedores? ¿En qué supuestos? ¿Cómo se documentan sus créditos? ¿Si lo hacen, obtienen algún beneficio? 2. ¿A qué créditos locales afecta el concurso? 3. El procedimiento de apremio y el concurso. ¿Se pueden continuar o iniciar procedimientos de apremio una vez declarado el concurso? 3.1. Planteamiento. 3.2. Iniciación. Los créditos contra la masa y su ejecución. a) La ejecución de los créditos contra la masa. 3.3. Continuación. El llamado privilegio procedimental. 3.3.1. ¿Cuál es el órgano competente para llevar a cabo las ejecuciones en estos casos? 3.3.2. Determinación de los momentos homogéneos. 3.3.3. Limitación: bienes necesarios. concepto y órgano competente. 3.3.4. Cuantías. 4. Ejecución de garantías reales a través del procedimiento de apremio. 5. La adopción de medidas cautelares. 6. La compensación. 7. Graduación de los créditos tributarios. 7.1. Créditos con privilegio especial. 7.2. Créditos con privilegio general del 91.4º. LC. 7.3. Créditos con privilegio general del art. 91.6º de la LC. 7.4. Créditos ordinarios. 7.5. Créditos subordinados. Especial referencia a los recargos. 8. ¿Rige esta calificación tanto en caso de que se apruebe convenio en caso de liquidación? 9. La prescripción de los créditos tributarios y el concurso. 9.1. Regulación. 9.2. ¿Qé es lo que prescribe y se interrumpe como consecuencia del concurso? ¿Cuál es el plazo de prescripción? 9.3. Reanudación del cómputo del plazo de prescripción.

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