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María Antonia Arias Martínez
REVISTA DE ADMINISTRACION PUBLICA, n.º 194/2014, pág. 373 a 410
I. Introducción. II. Breve referencia a la distribución competencial en materia de servicios sociales conforme lo previsto en el bloque de la constitucionalidad. III. La regulación de las competencias locales en materia de servicios sociales con anterioridad a la aprobación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. IV. La regulación de los servicios sociales tras la aprobación de la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local: 1. Restricción del contenido prestacional de los servicios sociales como servicio obligatorio mínimo. 2. El carácter reductor del contexto legal que enmarca la asignación competencial a los entes locales. 3. Las competencias municipales propias en el nuevo artículo 25.2 de la Ley de Bases de Régimen Local. 4. La prestación de los servicios sociales: de competencia municipal propia a competencia delegada. V. La asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias municipales relativas a la prestación de servicios sociales. VI. Reflexión final. VII. Bibliografía.