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LA REVISIÓN DE SENTENCIAS FIRMES (Y II)

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2011, pág. 1566 a 1578

VII. Motivos en que puede fundamentarse la revisión de sentencias firmes. 1. Documentos recobrados. 2. Documentos falsos. 3. Testigos condenados por falso testimonio. 4. Cohecho, prevaricación, violencia u otra maquinación fraudulenta. VIII. Los dos plazos para presentar la demanda de revisión. 1. Plazos. 2. El plazo de cinco años: el problema del dies a quo, ¿desde la publicación o desde la notificación de la sentencia firme? 3. El plazo de tres meses desde la concurrencia del motivo de revisión. IX. Procedimiento. 1. Remisión de la LJCA a lo dispuesto en la LEC para el recurso de revisión civil. 2. Demanda. 3. Documentos a acompañar a la demanda. a) Documentos procesales. b) Documentos relativos al fondo del asunto. 4. Admisión de la demanda y solicitud de remisión de las actuaciones. 5. Eventual suspensión de la ejecución de la sentencia recurrida en revisión. 6. Los emplazamientos: la ley y la práctica judicial. 7. Personación de la parte demandada y contestación a la demanda: la ley la práctica judicial. 8. Informe del Ministerio Fiscal. 9. Excepcionalidad de la celebración de vista. X. Efectos de la sentencia resolutoria de la revisión. 1. Sentencia desestimatoria de la revisión. 2. Sentencia estimatoria de la revisión: la ley y la práctica judicial. 3. Firmeza de la sentencia de revisión. XI. Epílogo.

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