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La protección de la vivienda frente a la potestad administrativa de ejecución forzosa con entrada domiciliaria

Lafuente Benaches, Mercedes

CIVITAS, REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO ADMINISTRATIVO, n.º 168/2015, pág. 67 a 91

I. Introducción. La novedosa doctrina del Tribunal Constitucional contenida en el voto particular de la Sentencia de 4 de noviembre de 2013 (STC 188/2013). II. Sobre la constitucionalidad de la potestad de ejecución forzosa administrativa. III. La función de la autorización judicial para la entrada domiciliaria. IV. La autorización judicial como garante del domicilio y más allá. El procedimiento de ejecución forzosa de las decisiones administrativas que exigen entrada domiciliaria y su incidencia en otros derechos y bienes constitucionalmente protegidos. 1. La ponderación de los otros derechos de los propios afectados por la ejecución forzosa. 2. La ponderación de otros derechos y bienes amparados por el Ordenamiento jurídico ajenos a los afectados y favorables a la Administración en el ejercicio de sus potestades. V. La protección de la viviena por el juez como límite al ejercicio de la potestad de ejecución forzosa administrativa. 1. El compromiso de los poderes públicos en la protección del derecho a la vivienda. 2. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. 3. La vinculación del juez a las normas internacionales y europeas protectoras de los Derechos humanos para reforzar la garantía de los Principios Rectores del artículo 53.3 de la Constitución. VI. La protección de la vivienda a través de la necesaria y automática suspensión de la ejecutividad del acto y de la resolución judicial que autoriza la entrada en domicilio.

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