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José Carlos Castiñeira Piñeiro; José Luis Mato Rodríguez
CUNAL. REVISTA DE ESTUDIOS LOCALES, n.º 162/2013, pág. 81 a 108
I. Introducción. II. Características de la regulación del régimen de habilitados en la reforma. III. Procedencia de una regulación estatal de los habilitados de carácter nacional. IV. Las funciones de fe pública, asesoramiento legal y de presupuestación como reservadas en todos los ayuntamientos. Refuerzo de la función de asesoramiento legal y atribución de la dirección y coordinación de los servicios jurídicos y administrativos en que se integren. V. La libre designación. VI. Suma conveniencia de que el Estado asuma la competencia plena en materia disciplinaria, salvo por la comisión de faltas leves. VII. Límites a las retribuciones de los funcionarios locales en el artículo 75.bis.4 del PLRSAL.