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LA PLURALIDAD DE SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 10/2001, pág. 835

1. ¿Por qué sólo figura un titular cuando sabemosque son dos?, ¿Es indiferente la constancia de uno o de dosnombres?. 2. Solicitud de los contribuyentes en orden a queen el recibo de IBI, emitido por el Ayuntamiento figurentodos los titulares. 3. ¿Cuántas notificaciones se han depracticar?. 4. Las entidades del artículo 33 de la LGT comosujetos pasivos del IBI. 5. Recaudación de las cuotas delIBI cuando existen varios titulares.

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