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GONZALEZ MATEOS, JOSE CARLOS
PODER JUDICIAL, n.º 61/2001, pág. 165
1. Introducción. 2. El "dolo de causar" comocriterio para la diferenciación de la auténtica tentativa.3. La penalidad de la "tentativa" según el artículo 62 CP:¿pena inferior en uno, o en dos grados?. 4. ¿Qué ha sido dela "tentativa inidónea"? ¿Se ha suprimido el castigo del"delito imposible"?.