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LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES EN LOS TRIBUTOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: LA HORA DE LA VERDAD

MARTÍN RODRÍGUEZ, JOSÉ MIGUEL

Cuadernos de Derecho Local, n.º 24/2010, pág. 101 a 143

1. INTRODUCCIÓN. 2. EL ARTÍCULO 142 CE COMO PUNTO DE PARTIDA. 2.1. La suficiencia financiera, un concepto relevante pero de difícil protección. 2.2. Los medios "fundamentales" de financiación de los entes locales. 2.2.1. Los tributos propios. 2.2.2. Las participaciones en los tributos del Estado y de la Comunidad Autónoma. 2.3. ¿Ha alcanzado la PICA el papel que el constituyente tenía reservado para ella?. 2.4. ¿Cuáles son los motivos que han podido ocasinar o propiciar que un mandato constitucional aparentemente tan claro haya sido obviado hasta la fecha? 2.4.1. Prioridad de la financiación de las Comunidades Autónomas. 2.4.2. Perversión de los títulos competenciales. 2.4.3. Escasa valentía y amplitud de miras. 2.4.4. Justificación del carácter condicionado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. 3. ACTUALIDAD DE LA MATERIA. 3.1. Una exigencia política. 3.2. Un problema económico. 3.3. Las reformas estatutarias recogen por primera vez la PICA. 4. LA LEY 6/2010, DE 11 DE JUNIO, REGULADORA DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES EN LOS TRIBUTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. 4.1. El Fondo de participación en el nuevo Estatuto de Autonomía. 4.2. El Plan de cooperación municipal. Especial referencia al Fondo para la nivelación de los servicios municipales. 4.3. Contenido de la Ley 6/2010. 4.3.1. Los beneficiarios del Fondo. 4.3.2. la dotación del Fondo y su distribución. 4.3.3. Aspectos formales de la gestión del Fondo. 4.3.4. El principio de lealtad institucional y la tutela financiera. 4.4. ¿Configura la Ley 6/2010 un verdadero sistema de participación en tributos? 4.4.1. Carácter incondicionado. 4.4.2. Estabilidad en su aplicación y seguridad en la obtención de ingresos. 4.4.3. Evolución. 4.4.4. Participación en tributos, no en ingresos. 4.4.5. Conclusión. 4.5. Elemento cuantitativo: la dotación del Fondo. 4.5.1. Evolución respecto a su antecedente inmediato. 4.5.2. Dotación respecto a la participación en tributos del Estado. 4.5.3. Las Comunidades Autónomas no incrementan su compromiso en la misma línea que el Estado con ellas. 4.5.4. Una posible alternativa: cambiar de perspectiva. 4.6. El tratamiento de las diputaciones provinciales en la Ley 6/2010. 4.6.1. Las provincias, entes locales necesarios. 4.6.2. La provincia en las leyes de autonomía local y de participación en los tributos autonómicos. 5. CONCLUSIONES FINALES.

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