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La obligación de presentar reclamación previa frente a la aseguradora sólo es aplicable a los accidentes de circulación ocurridos a partir del 1 de enero de 2016
Auto de la Audiencia Provincial de Girona de 20 de mayo de 2016
DIARIO LA LEY, n.º 8778/2016, pág. 1 a 2