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LA LIBRE CIRCULACION DE PERSONAS Y EL TRATADO DE AMSTERDAM

BLAZQUEZ RODRIGUEZ, IRENE

NOTICIAS DE LA UNION EUROPEA, n.º 177/1999, pág. 53

1. Introducción. 2. La base jurídica adecuada: la libre circulación de personas como derecho del ciudadano de la unión europea. 3. El nuevo "espacio de libertad, seguridad y justicia" configurado como el contexto idóneo para la movilidad de las personas físicas. 4. La "comunitarización" masiva del tercer pilar mediante la creación del título IV del TCE. 5. El título VI del TUE es circunscrito a "la cooperación policial y judicial penal".6. La integración del "acervo de Schengen" en el marco institucional único de la Unión Europea. 7. La posición diferencial del Reino Unido, Irlanda y Dinamarca. 8. Conclusión: El avance a costa de una Europa "de geometría variable".

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