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MARTINEZ MORALES, JOSE LUIS
REVISTA DE DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, n.º 261/2001, pág. 109
I. Antecedentes. II. Premisas sobre las que se sustenta la pretendida inconstitucionalidad de la LRAU, en el Auto del TSJ CV de 15 de octubre de 2001. III. Equívoca equiparación del agente urbanizador con el concesionario. IV. La insustancial comparación con otras leyes autonómicas. V. Inexplicable silencio sobre el régimen jurídico de las agrupaciones de interés urbanístico, cuando ostenten la condición de agente urbanizador. VI. La asimetría entre la legislación estatal y la autonómica. VII. La búsqueda y determininación de lo básico en la legislación estatal. VIII. Alcance de la exclusividad competencial urbanística de las Comunidades Autónomas. IX. La difícil coexistencia de las competencias exclusivas autonómicas y estatales. X. El definitivo aval que a la Ley 6/1994 (LRAU) otorga la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/1998. XI. Examen de los preceptos en trance de inconstitucionalidad. XII. Conclusiones. XIII. Propuesta de actuación.