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La financiación de la gestión urbanística y las garantías legales para su ejecución en situaciones de concurso de acreedores

Gabriel Soria Martínez; Juan Garbayo Blanch

REVISTA DE DERECHO URBANISTICO Y MEDIO AMBIENTE, n.º 291/2014, pág. 103 a 141

I. El Estatuto Jurídico de la propiedad del suelo como marco configurador de los derechos y deberes de los propietarios, cualquiera que sea su condición. II. Los deberes del propietario-promotor del suelo: ceder, equidistribuir, urbanizar y, en su caso, conservar la urbanización. III. El deber legal de urbanizar del promotor y las consecuencias legales de su incumplimiento. IV. Las garantías de cumplimiento de los deberes urbanísticos. IV.1. La expropiación por razones de urbanismo como transferencia coactiva de bienes y derechos justificada en la ejecución del plan. IV.2. La afección a la urbanización. IV.3. La vía de apremio. IV.4. El aval o la hipoteca como garantías de la urbanización. IV.5. La sustitución del sistema de actuación. IV.6. La reparcelación forzosa. V. El derecho concursal: recopilación histórica de la graduación de los créditos ante una eventual insolvencia. VI. El crédito con privilegio especial. VI.1. El principio de igualdad y/o proporcionalidad -par condictio creditorum-. VI.2. El crédito con privilegio especial: origen y pago. VI.3. El crédito por las cuotas de urbanización. VII. Conclusión. Prevalencia del interés público sobre el patrimonial en relación con la ejecución del planeamiento, y solución de "lege data" y "lege ferenda" en relación con el tratamiento de la afección urbanística en los concursos de acreedores. VII.1. De "lege data". VII.2. De "Lege ferenda".

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